La Secretaría de Seguridad Pública certificará Establecimientos de Consumo Responsable.
MARCO ANTONIO BARRERA
CANCÚN, Q. ROO.- Los propietarios de establecimientos con venta o consumo de bebidas alcohólicas están obligados a garantizar la seguridad interna de sus instalaciones, de acuerdo con las recientes reformas a Ley sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas de Quintana Roo.
En vigor a partir del pasado 10 de enero, la nueva disposición responsabiliza a los titulares de una licencia, permiso provisional o especial para la venta de bebidas alcohólicas de poner en práctica programas de “seguridad técnica” acordes con los dispositivos, lineamientos y protocolos marcados por la Secretaría de Seguridad Pública estatal.
Estas nuevas medidas implican que este tipo de negocios deben instalar equipos y cámaras de videovigilancia en óptimas condiciones de operación, que en su caso permitan su enlace con el Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo, conocido como el C4.
El Protocolo de Seguridad Interna obliga a los negocios a dar aviso a la Policía ante intentos de escándalos, riñas o delitos al interior de los establecimientos.
Para ello, la Secretaría de Seguridad Pública contará con un cuerpo encargado de verificar que la seguridad y vigilancia en los negocios se lleve a cabo conforme a las disposiciones establecidas en esta Ley, y aquellos que lo incumplan se harán acreedores a sanciones incluida la cancelación de la Licencia de Funcionamiento.
De acuerdo con la nueva Ley, la Secretaría de Seguridad Pública inspeccionará los establecimientos cada tres meses y evaluará si los mismos cumplen con todos los requisitos y en caso de que no sea así deberá emitir su dictamen ante la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) para someter la decisión de cancelar, o no, la licencia de funcionamiento ante el Comité Local de Seguridad Técnica.
Dicho Comité estará integrado por un presidente que corresponderá indistintamente a la Subsecretaría de Seguridad Pública del Estado; un Secretario Técnico que recaerá en el titular de la Dirección de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada; así como tres vocales: el titular de la Dirección General de Auditoría Fiscal de la Secretaría, el titular de la Secretaría o Dirección de Seguridad Pública Municipal correspondiente y el titular de la Dirección de Fiscalización Municipal correspondiente.
“Los miembros del Comité Local de Seguridad tendrán el carácter de honoríficos sin retribución o emolumento alguno, por cada miembro propietario se designará un suplente, los cuales tendrán derecho a voz y voto, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad”, establece la Ley.
Entre las causales que ameritan la cancelación definitiva de la licencia de funcionamiento, está que no cuenten con la validación o refrendo trimestral del Dictamen de Anuencia otorgado por la Sefiplan, con los equipos y cámaras de vigilancia en óptimas condiciones de operación, o que no hayan atendido o realizado el Protocolos de Seguridad Interna o el Protocolo de Seguridad Pública correspondientes.
La Secretaría de Seguridad Pública certificará Establecimientos de Consumo Responsable, por participar en programas de prevención e información, implementen un servicio de transporte alternativo a sus clientes, capaciten a su personal para evitar dar bebidas a clientes en evidente estado de ebriedad y contar con un alcoholímetro.
Jaime Zetina, subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Finanzas de Quintana Roo, señaló que las modificaciones van orientadas a proteger a las personas, con reglas y recomendaciones básicas para establecimientos.
En entrevista reconoció que los nuevos requisitos aplicarán cuando los exija la Secretaría de Seguridad Pública y al momento que se renueve la vigencia de los documentos. “No sé si será obligatorio para los nuevos permisos”.