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La Cofece recomendó que las reglas de etiquetado de alimentos y bebidas deben señalar las condiciones positivas de los productos para comunicar los atributos diferenciadores.
Ricardo Yaid Carrillo Jovel/Agencia Reforma
CIUDAD DE MÉXICO.- Las reglas de etiquetado de alimentos y bebidas no sólo deben advertir los excesos de ciertos elementos, sino que se deben señalar las condiciones positivas de los productos para comunicar los atributos diferenciadores, consideró la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
“El Pleno de la Comisión consideró que, para competir e incentivar la investigación y desarrollo en la industria de alimentos y bebidas, se debe facilitar a las empresas señalar en la etiqueta las condiciones positivas de calidad y variedad de sus productos”, indicó.
En una opinión sobre el anteproyecto de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, expuso que el anteproyecto establece que, mediante sellos de advertencia sobre el exceso en contenidos de calorías, azúcares añadidos, sodio, grasas y grasas saturadas, los consumidores tomen las mejores decisiones de consumo.
“Sobre este particular, la Comisión encontró áreas de oportunidad para que, además de asegurar que estos requisitos efectivamente provean información útil para las personas, también favorezca la capacidad de las empresas para diferenciarse ante los consumidores, así como para comunicarles los atributos diferenciadores de sus productos”.
Señaló que, desde la perspectiva de la competencia, el sistema de etiquetado debe permitir que el consumidor cuente con información veraz, suficiente y clara que le permita diferenciar productos distintos con etiquetas de advertencia similares.
“Conforme al anteproyecto, los productos obligados a portar un sello frontal de advertencia quedan impedidos de agregar información adicional sobre sus propiedades nutrimentales y saludables.
“Sin embargo, el consumidor requiere de más datos sobre las características específicas de cada uno, que le faciliten distinguir y elegir el que más le convenga entre aquellos alimentos o bebidas con un mismo sello de advertencia, pero con elementos diferenciadores”.
La recomendación
La Cofece refirió que el anteproyecto de la NOM prohíbe que los productos contengan declaraciones de recomendación o respaldo de sociedades y asociaciones de profesionales.
Esta medida podría limitar la capacidad de las empresas para ofrecer información a los consumidores sobre las características positivas de sus productos y reducir los incentivos de estas para invertir en investigación y desarrollo de nuevos productos, pues sin la diferenciación se dificultaría la recuperación de las inversiones.
También resaltó que queda prohibido el uso de personajes, dibujos, celebridades, regalos, ofertas, juguetes o anuncios en redes sociales.
Respecto a este punto, opinó que, para no limitar la capacidad de las empresas para competir entre ellas, sobre todo para no dejar en desventaja a las nuevas o aquellas que cuentan con menor reconocimiento de marca, la normatividad debe ser flexible para permitirles implementar estrategias para promocionar y colocar sus productos en el conocimiento del consumidor.
La Cofece remitió a las secretarías de Economía y de Salud, así como a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, sus recomendaciones.
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