- La empresa moral Villas Solaris no pudo acreditar sus afirmaciones pero logró conocer que de 50 autoridades federales ninguna mantenía algún procedimiento en su contra hasta ese momento.
MARCO ANTONIO BARRERA
CANCÚN, Q. ROO.- El equipo legal del proyecto Gran Solaris Cancún ya sentía pasos por la ilegalidad que mantenía a flote la controversial construcción del hotel, por lo que intentó a toda costa blindar jurídicamente sus autorizaciones, permisos y licencias.
A través de una estrategia de promoción de amparos exploratorios, la empresa moral Villas Solaris, S. de R. L. de C.V. pretendió proteger al all inclusive contra cualquier resolución que pretendiera decretar la revocación o suspensión de los trabajos del edificio de 15 pisos que, en plena cuarentena por el Covid-19, comenzó a construirse en el predio contiguo a la emblemática Playa Delfines de Cancún.
De concretarse su construcción sería el quinto resort de la cadena hotelera en México –cuatro en Cancún y uno más en Los Cabos, Baja California–, cuyo primer establecimiento inició operaciones desde 1988 en este destino turístico bajo la marca Ramada Renaissance.
La estrategia del equipo legal de la firma poblana (dedicada en sus inicios a la producción avícola), se llevó ante el Juzgado Séptimo de Distrito de Cancún a partir del 31 de julio de 2019 pero muy pronto evidenció que eran más sus temores que la certeza de que en los Tribunales ya le esperaba una avalancha acciones jurídicas en su contra
Por ejemplo, solicitó amparo contra una supuesta orden de aseguramiento del predio a cargo por parte de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que nunca existió por lo que tuvo que ser desechada.
En su escrito del caso concreto, la empresa reclamó la protección de la justicia federal contra “la orden de clausura, suspensión de actividades y aseguramiento del predio” y solicitó una suspensión definitiva de cualquier resolución que ordenara la revocación, la nulidad, dejar sin efectos, así como la suspensión de efectos respecto de las autorizaciones, permisos, licencias y/o cualquier otro acto que se haya emitido previamente a su favor.
Con esta argumentación, la empresa pretendió blindar tanto la constancia de compatibilidad urbanística –expedida el 12 de julio de 2018 por el secretario de Desarrollo Territorial y Urbano Sustentable del Estado de Quintana Roo– como la resolución administrativa del director general de Desarrollo Urbano de la secretaría de Ecología y Desarrollo Urbano del Municipio Benito Juárez, del el 27 de septiembre de 2018, que aprobó la licencia de construcción del proyecto.
Amparo 960_2019 Gran Solaris
Al blindaje jurídico también sumó la licencia de construcción expedida por la dirección general de Desarrollo Urbano municipal y el permiso de desarrollo avalado por la directora general de Ecología de Benito Juárez, con el cual se autorizó de forma condicionada el desarrollo del proyecto.
Además, la constancia de uso de suelo municipal emitida el 11 de enero de 2017.
En la solicitud de amparo 960/2019, la empresa alegó que cuatro supuestos “inspectores de obra del gobierno federal de los Estados Unidos Mexicanos” que se negaron a identificarse, les expresaron que “o se suspendía la obra o regresarían con su supervisor para retirar y demandar de manera individual a toda la gente que formaba parte del personal de obra y del personal involucrado”.
También les advirtieron que colocarían sellos de clausura con carácter de insubsanables, debido a la magnitud de la obra que se pretendía realizar sin consultar al gobierno federal. La supuesta visita se realizó el 24 de julio pasado, a las 13:00 horas.
La empresa moral Villas Solaris no pudo acreditar sus afirmaciones pero logró conocer que de 50 autoridades federales ninguna mantenía algún procedimiento en su contra hasta ese momento. Sin embargo, un mes después (del dos al cinco de septiembre del mismo año) la Profepa realizó la visita de inspección 0097-19.
La demanda de amparo fue desechada en primera instancia, ante lo cual la empresa promovió una queja contra la sentencia del Juez Séptimo de Distrito la cual recayó en el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, bajo el número de expediente 521/2019.
El 16 de enero pasado, el órgano federal colegiado respaldó en forma definitiva la sentencia del Juez Séptimo de Distrito que desechó otorgar la suspensión definitiva a la empresa Villas Solaris contra sus temores de que alguna acción administrativa o jurídica pusieran freno a la obra, lo que por el momento se logró por el descontento social que provocó la construcción de una barda que no estaba dentro del proyecto.
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