Quiere Gobierno regular anaqueles

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  • El Gobierno alista regulación para que las tiendas separen en anaqueles los productos que incumplan con el etiquetado frontal de los demás.
VERÓNICA GASCÓN / AGENCIA REFORMA


CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno alista otra regulación en alimentos y bebidas, poniendo normas estrictas a autoservicios y tiendas sobre la exhibición de los productos en anaqueles.

Se trata de una Norma Oficial Mexicana (NOM) que, entre otras cosas, obligaría a las tiendas a separar productos que incumplan con el etiquetado frontal y con los ingredientes mínimos, así como prohibir imágenes publicitarias o botargas que fomenten su consumo.

La regulación lleva por nombre, hasta ahora, “NOM-XXX-SE/SSA1-2021 Especificaciones generales de distribución e información al consumidor en tiendas de autoservicio-publicidad, información comercial y sanitaria”.

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El proyecto está enunciado en el Programa Nacional de Infraestructura de Calidad 2021, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero pasado.

Las tiendas de autoservicio y establecimientos al mayoreo y menudeo tendrían que separar en diferentes anaqueles los productos que cumplen con las normas oficiales de los que no, mismos que tendrían que portar la leyenda “Producto imitación”.

Asimismo, los establecimientos estarían obligados a separar en sus exhibidores los productos que incluyen sellos o leyendas en su etiquetado frontal de aquellos que no lo requieran.

En el caso de los artículos que no porten advertencias en su etiquetado frontal, deberán clasificarse en las tiendas como “Productos sin sellos ni leyendas” para orientar a los consumidores. Aquéllos que sí cuenten con al menos un sello, sólo podrían exhibirse a 1.50 metros de altura en los anaqueles.

Estos sellos refieren al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 51, que advierte sobre los riesgos para la salud en su consumo.

Otro tema que tocaría la nueva NOM es la publicidad, ya que los establecimientos no podrían hacer uso de imágenes para fomentar el consumo de productos con sellos.

“Los puntos de venta al consumidor final no deben hacer uso de cualquier tipo de imagen, ya sea física sobre cualquier punto del establecimiento o a través de botargas o similares, que tengan la finalidad de fomentar el consumo de alimentos o bebidas no alcohólicas que deban incluir el sistema de etiquetado frontal.

“La información o publicidad que compare precios de alimentos o bebidas no alcohólicas, sean de una misma marca o de distinta, no podrá ser engañosa o abusiva”, señala el texto de la propuesta de NOM.

Además, las tiendas no podrían exhibir ni vender en las áreas de pago o cajas productos que tengan sellos en el etiquetado frontal.
La verificación y vigilancia de esta NOM estará a cargo de la Secretaría de Economía, la Cofepris y la Profeco.

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