Desecha Teqroo tumbar a Yensunni Martínez en Othón P. Blanco

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Desecha Teqroo tumbar a Yensunni Martínez en Othón P. Blanco
  • El Tribunal Electoral de Quintana Roo votó en contra del proyecto que pretendía quitarle la candidatura a Yensunni Martínez en Othón P. Blanco.
Elecciones
OMAR ROMERO

CANCÚN, Q. ROO.- Por mayoría de votos, el pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) rechazó el proyecto mediante el cual se pretendía retirar el registro de candidaturas —ya realizada la elección— a la Presidencia Municipal y Sindicatura de Othón P. Blanco, a Yensunni Martínez Hernández y a Alejandra del Ángel, respectivamente, de la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo.

Lo anterior, al analizar el Recurso de Apelación RAP/022/2021 y sus acumulados RAP/023/2021, RAP/024/2021 y JDC/069/2021, presentado por el partido Fuerza por México y otros, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, que otorgó el registro a las dos mujeres.

El magistrado ponente, Sergio Avilés Demeneghi, argumentó que se había otorgado erróneamente el registro a Yensunni Martínez Hernández porque al ser sustituido Luis Gamero Barranco como el candidato de dicha coalición la persona elegida debía ser del mismo género, como lo marca la Ley electoral.

Durante el debate, la magistrada Claudia Carrillo Gasca sostuvo que Yensuni quedó como candidata en sustitución de Gamero Barranco, quien fue encontrado culpable de violencia política contra la mujer en razón de género en agravio de la propia Martínez Hernández, quien fungía como aspirante a la Sindicatura en su planilla.

“Este asunto a mi criterio se debió haber resuelto antes de la elección y no posterior a ella; representa un ataque para la certeza para quienes ya ejercieron su voto, pues si bien en la boleta aparece el excandidato Luis Gamero, era del conocimiento público que por el tiempo y la cercanía de la elección no se podían reimprimir las boletas”, señaló la magistrada Carrillo Gasca.

Al respecto, el magistrado presidente Víctor Vivas Vivas refirió que Yensunni renunció a la candidatura por la Sindicatura porque la coalición le dio la oportunidad de ser aspirante a la Presidencia Municipal, por lo que, si echaban abajo los registros consideró que podrían incurrir en violencia política en razón de género.

Avilés Demeneghi defendió su proyecto de resolución y abundó que esto no representa un ataque a la democracia, ni a la votación de las personas, ya que lo que se busca es proporcionar seguridad jurídica a los gobernados.

Al final, por mayoría de votos, el Pleno determinó rechazar el proyecto presentado, por ello se ordenó turnarlo a la ponencia que corresponda para su resolución.

De igual manera, los magistrados determinaron sobreseer el recurso de apelación presentado por los partidos Morena, del Trabajo y Laura Esther Beristain Navarrete, toda vez que el medio de impugnación fue recibido el mismo día en que concluyó el período de campaña electoral, consumándose el acto impugnado, haciendo imposible, material y jurídicamente la reparación solicitada, por lo que se actualiza la causa de improcedencia.

Respecto al procedimiento especial sancionador interpuesto por el Partido Acción Nacional en contra de Fernando Ricardo Bacelis Godoy por usar propaganda en redes sociales sin presentar los emblemas de la coalición por la que se registró el candidato, coincidieron que no existieron elementos para acreditar la conducta Y especto al expediente del partido Fuerza por México en contra de María Elena Hermelinda Lezama Espinosa por supuesta promoción personalizada, indicaron que el caudal probatorio ofrecido es insuficiente, ineficaz, y no se acredita la existencia de elementos materiales de que la denunciada haya cometido alguna falta.

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