CONTRASTANDO IDEAS

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CONTRASTANDO IDEAS
  • Un nuevo descalabro para la reforma en materia de Subcontratación (outsourcing)

DR. JULIO JIMÉNEZ MARTÍNEZ

En el contexto de la implementación de la reforma en materia laboral, diversos sectores empresariales denuncian inconsistencias y violaciones constitucionales que ponen en peligro el crecimiento de la economía y la inversión de capital productivo que detona la creación de empleos formales; ya que la política de terrorismo fiscal, sólo ha servido para generar un ambiente de incertidumbre y desconfianza en los sectores productivos del país.

El reconocido Abogado Fiscalista y Contador Público Mauricio Trahyn Bautista confirmó que es legítima la medida cautelar otorgada por la Juez Primero de Distrito en materia Civil y de Trabajo con sede en Nuevo León, María del Carmen Leticia Hernández Guerrero, que concedió una medida cautelar provisional en favor de una empresa de origen estadounidense que se amparó contra la reforma a la Ley Federal del Trabajo que regula la subcontratación de personal (outsourcing), cabe mencionar que, se trata de la primera suspensión provisional concedida a una empresa, misma que, de manera provisional podrá continuar con los mecanismos y reglas de subcontratación (outsourcing) vigentes antes de la reforma publicada en el Decreto del 23 de abril del 2021.

En la opinión del Dr. Rafael Arenas Hernández, el Decreto impugnado por la empresa norteamericana contiene una serie de reformas y adiciones que derogan diversas disposiciones en materia constitucional, laboral, fiscal, penal y de seguridad social en las respectivas leyes Federales del Trabajo, del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional, Ley Reglamentaria de la fracción XII Bis del apartado B, del artículo 123 de la Constitución, en materia de Subcontratación Laboral, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril del año en curso; así como el acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro público de empresas especializadas o de ejecución de obras especializadas acorde con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo publicada el pasado 24 de mayo del 2021.

De acuerdo con el prestigiado abogado fiscalista Lic. Tulio Salanueva Brito, el juicio de amparo que interpuso la empresa quejosa el pasado 7 de junio, es procedente en términos de la inconstitucionalidad del decreto publicado el 24 de abril, provocando graves daños y violaciones a los derechos de la empresa quejosa, ya que el acto reclamado está directamente vinculado con la entrada en vigor de la reforma laboral en materia de subcontratación especializada y la imposición de un nuevo registro público de empresas especializadas o de ejecución de obras especializadas, que las obliga a entregar información confidencial que la pone en estado de vulnerabilidad, ya que no existe mecanismo que garantice la protección de datos personales de los patrones, información financiera, contable, y datos personales de los trabajadores; razón por la cual, se otorgó la suspensión provisional, en términos de lo previsto en la ley de amparo.

Para el abogado fiscalista Mauricio Trahyn Bautista, es fundamental aclarar que la juez federal en materia civil y laboral, con sede en Nuevo León, María del Carmen Leticia Hernández Guerrero, fijó de inmediato la fecha para la celebración de la audiencia incidental que tendrá verificativo el próximo viernes 18 de junio del año en curso, audiencia en la que la autoridad federal, valorará los argumentos relativos al acto reclamado y las pruebas ofrecidas por la quejosa y los informes rendidos por las autoridades responsables, audiencia  donde se resolverá sobre la medida cautelar definitiva o se determinará la improcedencia del juicio de amparo y la negativa de la suspensión definitiva.

Por otra parte, el especialista en Derecho Fiscal, Narciso Vargas Salanueva, expuso que hay casi 5 millones de personas están contratadas por terceros; ya que están contratadas por una empresa que no asume su responsabilidad solidaria con el trabajador, privándolo del ejercicio de sus derechos laborales y de seguridad social; razón por la que, de acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social, por malas prácticas de outsourcing se evaden 21 millones de pesos por concepto de cuotas obrero-patronales y 250 mil millones de pesos por concepto de los Impuestos al Valor Agregado (IVA) e Impuesto sobre la Renta (ISR), además de que este viejo e ilegal esquema de subcontratación representa una forma de “esclavitud moderna” por las afectaciones que deja a los trabajadores. Circunstancia que la nueva regulación en materia de subcontratación de empresas especializadas o ejecución de obras especializadas, reforma, prohíbe y sanciona la vieja subcontratación; si bien es cierto que incrementará en más del 25 por ciento los costos de las empresas; sin embargo esos costos los asumirán las empresas contratantes y eso representará un aumento en el pago de cuotas en materia de seguridad social e impuestos que con el viejo esquema de subcontratación (outsourcing) no pagaban millones de empresas que cometían diversas conductas de evasión de impuestos, consideradas defraudación fiscal, y en materia penal previstas como delincuencia organizada.