Detienen recopilación de datos para Panaut

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Detienen recopilación de datos para Panaut
  • La recopilación de datos biométricos que se consideraba para cumplir con el Panaut ya no será necesaria, de momento.
AILYN RÍOS / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La recopilación de datos biométricos que se consideraba para cumplir con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) ya no será necesaria, de momento.

Esto se debe a la suspensión que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

La ministra Norma Piña Hernández suspendió el lunes el artículo segundo transitorio de la reforma que ordena al IFT implementar el Panaut con el presupuesto que le fue asignado para 2021.

Mientras dicha suspensión esté vigente, se detiene la recopilación de los datos biométricos de los usuarios y la cancelación de las líneas que no se registren en el Padrón, explicó Michel Hernández Tafoya, especialista de telecomunicaciones.

“Tampoco podemos cantar victoria como población, todavía pueden pasar muchas cosas. La discusión de fondo es si esta reforma es constitucional o no, pero ahorita sirvió (la suspensión) para protegernos.

“Es una suspensión que se puede revocar en cualquier momento, de aquí a que se resuelva el fondo”, destacó.

Además, por una mala redacción en la reforma que crea el Padrón, se puede interpretar que para la recopilación de datos personales sigue corriendo el plazo de dos años para líneas preexistentes y de seis meses para las nuevas, acotó.

Clara Luz Álvarez, especialista en el sector de telecomunicaciones, señaló que la autonomía presupuestal fue la clave para que se concediera la suspensión solicitada por el IFT.

“La resolución identifica que el Padrón es un acto donde se le ordena al IFT cambiar su presupuesto y lo vincula con la autonomía constitucional; se concluye que la decisión del Congreso de pedirle al IFT que realice actividades con cargo a su presupuesto implicaría modificar sus partidas presupuestales y pondría en riesgo la autonomía presupuestal.

“Cuando hablamos de órganos reguladores, uno de los principios básicos para que exista un regulador independiente y autónomo es la independencia presupuestal”, apuntó Álvarez. Ante este panorama, el Congreso y el Poder Ejecutivo aún pueden impugnar.

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