Ponderan rapidez en búsqueda de niños y adolescentes

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Ponderan rapidez en búsqueda de niños y adolescentes
  • Todas las desapariciones de niñas, niños y adolescentes presuponen la comisión de un delito, para ello deberá activarse su búsqueda sin dilación alguna.
OMAR ROMERO

CANCÚN, Q. ROO. – Con la intención de coordinar y establecer una base regular y homogénea en el país en cuanto a la búsqueda de niñas, niños y adolescentes desaparecidos en México, entró en vigor el Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes (Panna).

El Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) explicó que se entiende por violencia al descuido, trato negligente, violencia psicológica, violencia física, castigos corporales, abuso y explotaciones sexuales, tortura, tratos crueles e inhumanos o degradantes, violencia feminicida, violencia entre niñas y niños.

Así como autolesiones, violencia en los medios de comunicación, violencia a través de tecnologías de la información y las comunicaciones y violaciones de los derechos del niño en las instituciones y en el sistema.

Para niñas, niños y adolescentes desaparecidos o con familiares desaparecidos, y las niñas y adolescentes afectados por razones de violencia de género, que se encuentran en situación de riesgo constante a su integridad, se requiere la intervención oportuna y esmerada por parte de las instituciones.

Todas las desapariciones de niñas, niños y adolescentes presuponen la comisión de un delito, para ello deberá activarse su búsqueda sin dilación alguna, y las autoridades ministeriales abrirán inmediatamente una carpeta de investigación respecto de cualquier delito causante de su desaparición.

Este protocolo establece la existencia de diversos tipos de búsqueda: la inmediata que consiste en que la primera autoridad de contacto o primaria debe desplegar con urgencia las acciones iniciales para la localización.

La individualizada deberá desarrollarse de forma simultánea y complementarse hasta que la inmediata se declare agotada o hasta que se localice a la persona; se contempla la intervención de la Policía Cibernética para el análisis de redes sociales de la niña, niño o adolescente desaparecido, así como direcciones IP y búsquedas que realizó en las redes de internet de su domicilio o lugar de último contacto.

La búsqueda por patrones es el despliegue de acciones tendientes a localizar a un conjunto o subconjunto de personas cuyas desapariciones hayan sido vinculadas a patrones específicos de desaparición.

En la búsqueda generalizada, cuando las autoridades realicen cotejos de registros se debe contemplar centros de detención, de atención a adicciones, de internamiento para adolescentes, hospitales psiquiátricos, casas hogar, centros de asistencia social, y centros de detención migratoria.

En la solicitud, incluir la fotografía inicial y el retrato del avance de edad, con los detalles de la edad al momento de la desaparición y la edad actual de la persona desaparecida.

Para la búsqueda de familia se entenderá al despliegue de acciones tendientes a restablecer el contacto entre una familia y uno o más de sus integrantes que por cualquier motivo se encuentren incomunicados (extraviados, en coma, en situación de calle, etc.), sin que necesariamente se haya reportado o denunciado la imposibilidad de localizarlos.

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