Sancionan a Beristain por calumnias contra Gobernador; darán vista a Fiscalía

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Sancionan a Beristain por calumnias contra Gobernador; darán vista a Fiscalía
  • El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo impuso amonestación pública en contra de Laura Beristain por sus calumnias contra Carlos Joaquín.
OMAR ROMERO

CHETUMAL, Q. ROO. – Además de recibir una amonestación pública, la alcaldesa Laura Beristain Navarrete deberá enfrentar acciones de las Fiscalías federal y estatal por calumniar al gobernador Carlos Joaquín González de haber metido las manos y cometer fraude durante el pasado proceso electoral para renovar autoridades del ayuntamiento de Solidaridad. Fiscalía

La amonestación fue extensiva también para los dirigentes nacionales de Morena, Mario Delgado Carrillo, presidente, y Citlali Hernández Mora, secretaria general, luego de que el pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/073/2021 y acreditó que en diversas publicaciones realizadas por los tres implicados a través de sus redes sociales, sí existió calumnia electoral, delito tipificado como grave ordinario. 

El magistrado Sergio Avilés Demeneghi se apartó del proyecto y emitió un voto particular, al sostener que no se configuraban los elementos que constituyen la calumnia electoral establecida en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Quintana Roo, puesto que ya no eran tiempos electorales.

“Me sorprende, argumentó el magistrado, es que se establece una vista a la Fiscalía General de la República y a la Fiscalía General del Estado para lo que proceda en lo conducente, más que nada no está motivado, pero es parte del proyecto. En el proyecto que nos presentan no encuentro ninguna motivación, causa, y pues bueno, para mí está perfectamente establecido la inexistencia, por lo tanto, haré un voto particular”.

En respuesta, la magistrada ponente Claudia Carrillo Gasca aseveró que sí se concretaban los elementos para acreditar la calumnia electoral, incluso, también consideró que se tenían que plantear los límites de la libertad de expresión, que en este caso si se rebasaron, además de que hubo una alteración del orden público.

“En cuanto al tema de la Fiscalía General, nosotros no somos ministerios públicos para determinar si ellos son competentes o no, por eso lo estamos dejando en su cancha, para que ellos consideren si pudiera existir o no algún tipo de delito en relación al Código Nacional Penal, nada más es eso”.

El magistrado presidente Víctor Vivas reiteró la existencia fehaciente de los elementos que configuran la calumnia electoral, por lo que respaldó el proyecto. Beristain

De esta manera, por mayoría de votos, se determinó la existencia de las conductas atribuidas a los tres implicados, por la figura culpa in vigilando, es decir, la responsabilidad que surge en contra de una persona (física o jurídica), por la comisión de un hecho infractor del marco jurídico, misma que les es imputable por el incumplimiento del deber de cuidado que la ley le impone.

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