Promueven acción legal por falta de citas en SAT

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Promueven acción legal por falta de citas en SAT
  • Eldirector del despacho Jurado García y Asociado señaló que la ausencia de citas es violatorio del artículo 7 de la Ley de Responsabilidades de Administrativas.
ALFREDO GONZÁLEZ / AGENCIA REFORMA

MONTERREY, NL.- Los contribuyentes deben ejercer acciones legales ante la Auditoría Superior de la Federación (ASF) contra funcionarios del Sistema de Administración Tributaria (SAT) por la falta de citas para realizar trámites relacionados con el pago de impuestos, advirtió Miguel Ángel Jurado Montelongo, director del despacho Jurado García y Asociados.

Señaló que la ausencia de citas es violatorio del artículo 7 de la Ley de Responsabilidades de Administrativas, que obliga a los servidores públicos a observar en su desempeño disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.

“Más que opción, es una recomendación, la de presentar una queja ante el órgano interno de control del SAT, la Auditoría Superior de la Federación o inclusive la Presidencia de la República, informando de las violaciones por parte de funcionarios del SAT”, dijo.

Recordó que desde que se decretó el confinamiento general en México por el Covid-19 en marzo de 2020, el SAT redujo considerablemente la disponibilidad de citas para trámites, lo que dio lugar a que hubiera un tráfico de citas que llegaban a venderse hasta en 5 mil pesos.

“Se redujo la disponibilidad de citas en alrededor del 60 por ciento, si comparamos el primer semestre de 2020 contra el primer semestre de 2019, y del 30 por ciento si comparamos todo el 2020 contra 2019, según las estadísticas de otorgamiento de e-firma por primera vez para dichos periodos”, añadió.

Indicó que también el Código Fiscal de la Federación establece la obligación de los funcionarios del SAT de proporcionar asistencia gratuita a los contribuyentes.

“La frase introductoria del artículo 33, ‘estarán a lo siguiente’, significa que deben, como obligación, realizar una serie de actividades para cumplir con sus facultades como autoridad fiscal”, explicó.

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