Invalidan reconocer vida desde concepción

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Invalidan reconocer vida desde concepción
  • Para los ministros es inadmisible que se asigne idéntica protección al producto de la concepción y a las personas nacidas, pues todo el sistema legal está basado en los derechos y obligaciones de estas últimas.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las cláusulas de protección a la vida desde la concepción, previstas, con distintas modalidades y alcances en las constituciones de 21 estados.

Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó una porción de la Constitución de Sinaloa, que desde 2018, establece que “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley correspondiente hasta su muerte”.

Ocho de los diez ministros determinaron —con algunos matices entre ellos— que esta consideración, legislada en los estados sobre todo en la década pasada, atenta contra los derechos reproductivos de las mujeres y buscan inhibir la práctica de toda clase de abortos, incluso aquellos resultados de violaciones o riesgos a la salud que sí están permitidos legalmente.

“La porción normativa impugnada sí tiene el propósito final y la potencia para comprometer o limitar el acceso de las personas a una debida protección de sus derechos humanos a la autonomía reproductiva”, se consideró en la Corte.

Para los ministros es inadmisible que se asigne idéntica protección al producto de la concepción y a las personas nacidas, pues todo el sistema legal está basado en los derechos y obligaciones de estas últimas.

“No corresponde a ninguna legislatura local ni a este Pleno definir con contundencia el origen de la vida”, argumentó el ministro Alfredo Gutiérrez, autor del proyecto, al advertir que no hay consenso científico sobre el tema.

Enfatizó que el Estado debe enfocarse en asegurar la continuidad de los embarazos deseados, garantizar la atención prenatal y los partos saludables, así como abatir la mortalidad materna.

Los ministros Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel también votaron por la invalidez, pero sólo porque los estados carecen de competencia para establecer nuevos derechos humanos no previstos en la Constitución federal o tratados internacionales, o para definir por su cuenta cuándo empieza la vida.

Para estos ministros, la Corte ya no debió pronunciarse sobre otros temas, pues la competencia del órgano legislativo es de estudio preferente y basta para resolver el asunto.

La Corte ya había discutido este tema en 2011, cuando sólo tuvo siete de los ocho votos necesarios para invalidar la reforma a la Constitución de Baja California.

La Corte tiene pendiente discutir un proyecto que avala la objeción de conciencia del personal médico que no quiera practicar abortos.

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