Divide a tribunales amparos de jóvenes por vacuna

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Divide a tribunales amparo por vacuna
  • Los fallos contrarios entre ambos juzgados tuvieron bajo su estudio los mismos argumentos legales reclamados por los tres solicitantes de medidas cautelares para obtener la aplicación de la vacuna Pfizer-BioNTech.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.-La aplicación de la vacuna contra el Covid-19 entre estudiantes menores de edad dividió criterios en las resoluciones de amparos de jueces federales en Quintana Roo.

Mientras que en Cancún se ordenó a las autoridades federales la inoculación “lo más pronto posible” de una joven de 15 años de edad, en la capital Chetumal se negó el biológico a otras dos alumnas.

Los fallos contrarios entre ambos juzgados tuvieron bajo su estudio los mismos argumentos legales reclamados por los tres solicitantes de medidas cautelares para obtener la aplicación de las dos dosis de la vacuna Pfizer-BioNTech.

Los estudiantes pertenecen al rango de población de 12 a 17 años de edad y alegaron su exclusión de la Política Nacional de Vacunación, lo que vulnera sus derechos constitucionales de acceso a la Salud y a la Educación.

Por su condición, argumentaron estar más expuestos al riesgo de contagio de la variante “Delta” con el regreso a clases presenciales del ciclo escolar 2021-2022, a pesar de que la asistencia es voluntaria desde mediados de agosto.

En Cancún, el caso de la primera quejosa cuyas iniciales son M.E.R.H. fue analizado por el Juzgado Segundo de Distrito, cuyo secretario en funciones de juez concedió el pasado 8 de septiembre la protección federal en el expediente 28684298.

A través de su representante jurídica, la joven reclamó los actos del Presidente de la República (en su calidad de Coordinador Federal del “Operativo Correcaminos”) por incurrir en presuntas omisiones en la aplicación de la vacuna a los menores de 16 años de edad.

El “Operativo Correcaminos” es la estrategia operativa de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, cuyo objetivo es lograr la cobertura de manera eficaz y efectiva de toda la población mexicana (susceptible a recibir la vacuna), de acuerdo con las diferentes etapas y ejes de priorización definidos en el documento rector del Gobierno de México.

Los argumentos que hizo valer la parte quejosa fue que estaba en peligro su vida ante la variante del virus, pero se le negó la suspensión de plano “pues dicho acto no implica per se, un riesgo o daño para su integridad física, ni conlleva a un riesgo en su salud”.

Sin embargo, después obtuvo la suspensión provisional del juzgador “en aras de proteger el derecho a la salud del menor quejoso M.E.R.H., de identidad reservada, para que se le aplique la vacuna autorizada y adecuada a su edad contra el virus de SARS-CoV-2 de acuerdo a la Política Nacional de Vacunación contra el virus Covid-19, lo más pronto posible”.

A otra solicitante, con iniciales J.B.A.R., la jueza Primero de Distrito con sede en la capital quintanarroense le negó la suspensión de plano para recibir el biológico.

La quejosa cursa el primer semestre de la licenciatura en Médico Cirujano Dentista y demandó que “pueda estar protegida contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención de la enfermedad Covid-19 en México, ante la inminente entrada al ciclo escolar 2021-2022, que inició el 16 de agosto de 2021”.

La exclusión de recibir la vacuna, argumentó, “vulnera el principio del interés superior de la niñez, y omite garantizar y proteger mi derecho a la salud, a la vida, a la educación, a la prevención y su concreción en gran porcentaje”, lo que pudiera traer complicaciones graves en su salud o provocarle la muerte, de acuerdo a sus alegatos expresados en el expediente 28689634.

Igual sucedió con otra menor con iniciales J.G.C.V., quien de la misma manera señaló la omisión de las autoridades estatales de proporcionarle la vacuna, y cuya actitud no fue congruente con el mandato presidencial y el esquema de salud vigente.

En la demanda 28669708 del mismo juzgado, alegó que regresar presencialmente a las aulas correría el riesgo de contraer el SARS-CoV-2 y su variante Delta. “Cada día que pasa, es un día más de riesgo”.

Pero la juez Socorro del Carmen Díaz Urrutia negó ambas suspensiones provisionales, al justificar que ordenar la inoculación vulneraría el interés de la colectividad y se podrían desatender las etapas y los esquemas previstos en la estrategia federal.

En el procedimiento de aplicación, argumentó, se priorizaron los grupos que serían vacunados respecto a sus características asociadas al mayor riesgo en caso de contagiarse por el virus.

No obstante, el pasado 6 y 9 de septiembre respectivamente, la juez concedió medidas cautelares para que ambas solicitantes (sin consecuencias administrativas) cursen de manera virtual el presente ciclo escolar hasta que el semáforo epidemiológico cambie a color verde, “garantizando con ello su derecho tanto a la salud como a la educación”.

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