Condonan multas en tenencia vehicular

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  • La Sefiplan exhortó a los propietarios de automóviles aprovechar los beneficios del programa de Regularización Fiscal sobre Uso o Tenencia Vehicular.
OMAR ROMERO

CHETUMAL, Q. ROO.- La Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) exhortó a los propietarios de automóviles aprovechar los beneficios del programa de Regularización Fiscal sobre Uso o Tenencia Vehicular, a fin de conseguir una condonación de multas y recargos, ya sea total o parcial.

Yohanet Torres Muñoz, titular de la dependencia, señaló que en apoyo a los contribuyentes el gobernador Carlos Joaquín González implementa dicho programa, el cual permitirá a los propietarios de este tipo de unidades estar al corriente en estas obligaciones.

“El gobierno del estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación continúa promoviendo la reactivación económica estatal con el objetivo de proporcionar más apoyo a la ciudadanía, por ello continuamos emprendiendo acciones para los quintanarroenses, otorgando mayores beneficios, plazos y estímulos fiscales para mitigar la afectación económica por el Covid-19”, se informó.

El programa de Regularización sobre el Uso o Tenencia Vehicular incluye condonación total o parcial de adeudos y créditos fiscales, actualizaciones, recargos y multas relacionados con la propiedad o adquisición de vehículos, correspondiente a los ejercicios fiscales de 2017 a 2020.

Para ello las personas físicas o morales que soliciten la condonación deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Programa de Regularización Fiscal publicado en el Periódico Oficial, indicó Rodrigo Díaz Robledo, director general del Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo (SATQ).

Los interesados deberán presentar una solicitud por escrito ante la oficina de recaudación que corresponda a su domicilio fiscal, describiendo las irregularidades que propiciaron el incumplimiento.

Así como la forma de pago, manifestación bajo protesta de decir verdad, además de proporcionar un correo electrónico, domicilio actual, número de teléfono y RFC, en caso de ser persona moral. Y además de los requisitos anteriores tendrán que brindar el nombre de su representante legal.

No obstante, aclararon que lo que se debe no tiene que ser superior a un millón 500 mil pesos, y la infracción que generó el adeudo no deberá implicar la comisión de un delito fiscal, y si el crédito estuviera impugnado deberán presentar su desistimiento y ratificación ante el SATQ.

En tanto, si el adeudo deriva de un pago a plazos o diferido, la condonación sólo tratará sobre el importe pendiente de liquidar; en caso de que el crédito sea objeto de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución, el interesado tendrá que solicitar la suspensión, y si el deudor incumpliera con alguna parcialidad, la autorización quedará sin efecto, y se pedirá el pago total del adeudo o crédito fiscal condonado.

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