Tribunal Federal Electoral exige a Quadri eliminar tuits discriminatorios

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Tribunal Federal Electoral exige a Quadri eliminar tuits discriminatorios
  • Gabriel Quadri deberá eliminar sus tuits discriminatorios hacia las personas trans y abstenerse de publicar o emitir pronunciamientos idénticos o similares.
RODOLFO MONTES

CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el diputado federal, Gabriel Quadri deberá eliminar sus tuits discriminatorios hacia las personas trans y abstenerse de publicar o emitir pronunciamientos idénticos o similares.

El Tribunal informó mediante un comunicado que por mayoría de votos revocó parcialmente el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias INE, que declaró improcedente la solicitud de adopción de las medidas cautelares presentada por la diputada federal Salma Luévano Luna en contra del legislador por supuestos actos constitutivos de violencia política en razón de género en su contra por su identidad como mujer transgénero.

Dictó que el instituto electoral tiene que emitir una nueva determinación, misma que dicte las medidas cautelares para efecto de que el diputado federal evite emitir mensajes parecidos.

Lo anterior, luego de que Luévano Luna presentó una denuncia, por supuestos actos constitutivos de violencia política de género en su contra, por su identidad como mujer transgénero, tras diversas publicaciones realizadas por Quadri de la Torre, en redes sociales.

Sin embargo, las medidas cautelares solicitadas consistentes en un análisis de riesgo y plan de seguridad, así como la orden de que el legisladore retirara su “campaña violenta” y se abstuviera de difundir discursos de odio, contra la comunidad LGBTTTIQ+, principalmente en contra de las personas trans, fueron declaradas improcedentes por el INE.

De acuerdo con el instituto, el motivo para rechazar las medidas cautelares fue porque no se demostró la existencia de una urgente e imperiosa necesidad que las justificara, que publicaciones denunciadas no aludían a una persona en específico o a un colectivo identificable, por lo que no se violentaban los derechos político-electorales de una persona o de un grupo de personas.

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