Entra en vigor NOM sobre contratos de vivienda

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Entra en vigor NOM sobre contratos de vivienda
  • En la elaboración NOM participó un grupo de trabajo, entre los que están organismos como el Infonavit, Fovissste, AMPI, Canadevi y CMIC.
ROGELIO DE LA ROSA / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Norma Oficial Mexicana que regula las prácticas comerciales y requisitos de información comercial y publicidad de inmuebles destinados a casa habitación.

La NOM-247-SE-2021 también contiene los elementos mínimos que deben tener los contratos relacionados con esta actividad.

En la Norma, cuya elaboración compete al Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), participó un grupo de trabajo, entre los que están organismos como el Infonavit, Fovissste, AMPI, Canadevi y CMIC.

Además de desarrolladoras como Casas Javer, Ara, Grupo Sadasi e Inmobiliaria Vinte, entre otras.

El documento, especifica, tiene como finalidad garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores de estos servicios.

Se aplica sólo a los proveedores que sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación.

Entre las disposiciones generales que establece la NOM destaca la obligación de contar con canales de atención de quejas y solicitudes.

En caso de que el proveedor tenga portal de Internet, debe contener información mínima actualizada, como precios totales en operaciones de contado.

El documento establece las bases en cuanto a materia de privacidad y protección de datos personales, anticipos, enganches, preventas y no discriminación, entre otros temas.

En cuanto a la publicidad, señala que debe ser veraz, comprobable, clara y exenta de diálogos, imágenes y otras descripciones que induzcan a error o confusión.

De acuerdo con la Norma, los proveedores deberán contar con un contrato de adhesión, registrado ante la Profeco, que cumple con la NOM.

La NOM-247-SE-2021 entrará en vigor a los 180 días naturales a partir de este miércoles, día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Quienes deban ingresar a la Procuraduría Federal del Consumidor el trámite de Registro del Contrato de Adhesión, tendrán para hacerlo 90 días naturales a partir de hoy.

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