Cuenta mal Zaldívar votos de Ley Eléctrica

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Cuenta mal Zaldívar votos de Ley Eléctrica
  • Sí hubo 8 por la inconstitucionalidad de la Ley Eléctrica, la confusión surgió al abordarse cada uno de los apartados impugnados.
STAFF / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Ley de Industria Eléctrica (LIE) discutida hace dos semanas en la Suprema Corte está en duda porque el presidente Arturo Zaldívar impuso una votación inexistente.

Dos aspectos relevantes de la LIE fueron invalidados por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero la votación sólo registró 7 de los 8 votos, y en consecuencia dejaron vigentes dichos apartados.

Uno es el artículo 4, fracción VI, que establece un modelo de costos unitarios en vez de costos marginales, y da prioridad a contratos con compromiso de entrega física, que solo la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene capacidad de concretar, por encima de contratos de energías limpias.

El otro es el artículo 26 de la norma, que ordena priorizar despacho de energía generada por central de CFE, o privadas que sólo producen para CFE.

De acuerdo con un análisis de la votación del pasado 7 de abril, los ministros Alfredo Gutiérrez, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Jorge Pardo, Norma Piña, Margarita Ríos-Farjat, Javier Láynez y Alberto Pérez Dayán, consideraron inconstitucionales ambas disposiciones.

Es decir, sí hubo los 8 votos que se exigen en una acción de inconstitucionalidad para declarar la invalidez de estos artículos, pero al contabilizarlos, fueron asentados 7. 

La confusión surgió cuando, al abordarse cada uno de los apartados impugnados, se creó una restricción que condujo a una votación de las razones o argumentos sobre cada artículo y no de la constitucionalidad o invalidez de los mismos.

El ministro Alberto Pérez Dayán advirtió después de la votación que no eran 7 sino 8 los votos contra dicha disposición y que, por tanto, debía declararse la inconstitucionalidad.

En la sesión del pleno, la ministra Piña hizo notar que siempre se vota por la validez o invalidez de la norma, no de los argumentos. Algo similar manifestaron Aguilar y Pérez Dayán en sus intervenciones.

La incongruencia entre los resolutivos y el registro de votación abre la posibilidad de litigios contra el Estado mexicano en paneles internacionales.

La irregularidad en la votación abre una ventana de oportunidad para que los senadores que impugnaron la LIE pidan a la Corte corregir su sentencia.

Incluso el pasado 12 de abril Emilio Álvarez Icaza, del Grupo Plural del Senado, solicitó a la Corte aclarar y confirmar la votación sobre la LIE del gobierno lopezobradorista.

Se espera que este martes la Suprema Corte someta a consideración del Pleno la aprobación del acta de la sesión en la que emitieron el fallo sobre la LIE.

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