Niegan a mayas amparos contra PDU

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Niegan a mayas amparos contra PDU
  • Amparos pretendían frenar desorden urbano en Puerto Morelos, Juzgado federal avala construcción de inmuebles con más de cuatro pisos.
MARCO ANTONIO BARRERA

PUERTO MORELOS, Q. ROO.- Con más de un año en litigio ante la justicia federal, ninguno de los 15 amparos que originalmente interpusieron grupos originarios mayas pudieron impedir la entrada en vigor del nuevo Programa de Desarrollo Urbano (PDU) del Centro de Población de Puerto Morelos 2020-2030.

En la batalla jurídica emprendida en juzgados de Distrito del Vigésimo Séptimo Circuito con sede en Quintana Roo, únicamente dos juicios lograron mantenerse vivos por más de once meses, en cuyo plazo gozaron de una suspensión provisional y otra definitiva favorable que impidió al ayuntamiento autorizar edificaciones con alturas mayores a cuatro niveles. 

Las demandas de amparo se dieron contra la iniciativa, discusión y aprobación del plan territorial en el Cabildo de la Trigésima Quinta Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento de Puerto Morelos 2018-2021, celebrada el 4 de marzo de 2021, cuyo documento se publicó mediante un decreto en el Periódico Oficial del Estado al día siguiente.

Dada la coincidencia de los reclamos de medidas cautelares, los dos casos legales que sobrevivieron se concentraron en uno solo ante el Juzgado Segundo de Distrito con sede en la entidad, en los que los cuatro quejosos fueron identificados con las iniciales M. A. C. C., M. J. H. C., S. C. M. V. y S. R. R. M.

Pero los reclamos de los quejosos se desecharon todos por improcedentes, luego de que la jueza Angélica del Carmen Ortuño Suárez resolviera la inexistencia de algún vicio en el procedimiento del Cabildo donde se aprobó el citado PDU.

El municipio, argumentó, tiene la facultad exclusiva de regular los aspectos medulares de su propio desarrollo y está dotado de facultades legales para emitir normas generales, como es la regulación y la planeación territorial y de asentamientos humanos.

Igualmente descartó que se hubieran dado afectaciones al derecho a un medio ambiente sano como sostuvieron los solicitantes de medidas cautelares, al pasar supuestamente por alto la conservación de un área denominada Parque Estatal Ecoturístico de Puerto Morelos, en cuyo lindero se proyecta la construcción de un puente elevado justo donde se ubica el humedal sur del acceso principal al Casco Antiguo.

La impartidora de justicia tampoco dio validez a los argumentos de los habitantes originarios de que el PDU pudiera ocasionar alguna afectación a su comunidad, dado que el plan territorial no se encuentra dirigido a ese sector de la población.

Justificó que la regulación urbana no impacta significativamente en sus condiciones de vida y entorno ni representa una pérdida de territorios o tierra tradicional, tampoco causa algún desalojo de sus tierras, agotamiento de los recursos para su subsistencia física y cultural, la destrucción y contaminación al ambiente tradicional, una desorganización social o que tiene impactos negativos sanitarios y nutricionales.

Los juicios de amparos con los números de expedientes 27905832 y 27905750 fueron interpuestos el 14 de abril de 2021 y gozaron de una suspensión provisional (28 de abril) que se validó con la definitiva (19 mayo), la cual ordenó a las autoridades municipales suspender la emisión de permisos o autorizaciones, licencias de construcción y edificaciones al amparo del PDU 2020-2030.

En aquella resolución se aclaró que la medida cautelar no tenía por efecto prohibir la emisión de salvoconductos de construcción, únicamente no fueran emitidas conforme al nuevo plan, y en todo caso se sustentarán en el programa anterior, lo cual cambió con la sentencia definitiva del 9 de mayo pasado.

De la cascada de 15 amparos que se dieron a título personal y de manera colectiva por integrantes de las comunidades mayas, únicamente ocho se admitieron a trámite y seis se fueron a litigio, de las cuales dos sobrevivieron aunque fueron los mismos a los que se les dictó una sentencia negativa.

De acuerdo al despacho de abogadas y abogados con sede en la Ciudad de México, pero con representación en Yucatán y Quintana Roo, todavía permanecen dos casos abiertos de quejosos mayas en una segunda instancia, aunque uno tiene un recurso de queja que lleva sin resolverse por más de un año.

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