Gana Odebrecht un litigio a Pemex

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Gana Odebrecht un litigio a Pemex
  • El 87 por ciento de la demanda de Odebrecht, mil 610 millones de pesos, era por daños y perjuicios por la rescisión del contrato.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un juez federal condenó a Pemex Transformación Industrial (PemexTRI) a pagar por lo menos 91.2 millones de pesos a la constructora brasileña Odebrecth, por trabajos que ejecutó en la refinería de Tula en 2016 y 2017.

Jorge Rojas, juez Tercero de Distrito en Juicios Orales Mercantiles, notificó el 7 de julio una sentencia en la que dio parcialmente la razón a Odebrecht, en una demanda por mil 838 millones de pesos presentada originalmente ante otro juzgado a finales de 2018.

También declaró la nulidad de la rescisión del contrato DCPA-OP-GCP-DGTRI-A-3-15, uno de varios adjudicados directamente a Odebrecth durante el periodo como director general de Pemex de Emilio Lozoya, actualmente bajo proceso por recibir sobornos de esa constructora.

El 87 por ciento de la demanda de Odebrecht, mil 610 millones de pesos, era por daños y perjuicios por la rescisión del contrato, que el juez consideró improcedentes.

El juez tampoco aceptó el reclamo de pago de precios unitarios extraordinarios por 11.7 millones de pesos, y gastos no recuperables de 131.6 millones de pesos, por 467 días de interrupción de los trabajos.

Sin embargo, estableció que sí están probados tres reclamos por trabajos ejecutados entre noviembre de 2016 y febrero de 2017, que sumaron 65.4 millones de pesos incluyendo IVA, así como 25.8 millones de pesos por ajustes de costos, concepto que podría incrementarse posteriormente, durante la etapa de ejecución de la sentencia.

La propia PemexTRI aceptó que debía estas cantidades. “La demandada en el acta finiquito aceptó el adeudo de los conceptos de referencia, por lo que se considera acreditado el elemento en estudio”, resolvió el juez.

Ambas partes pueden impugnar la sentencia, mediante un amparo directo ante un tribunal colegiado, pues en juicios orales mercantiles no hay apelación.

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