Confirman a Borge auto de vinculación

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Confirman a Borge auto de vinculación
  • Un fallo unánime de magistrados a nivel federal validó la primera sentencia. Luego de 35 meses pierde batalla legal.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- Luego de una batalla jurídica que duró 35 meses, el exgobernador Roberto Borge Angulo no pudo revertir el auto de vinculación a proceso que enfrenta por el delito de peculado.

A quien fuera el mandatario de Quintana Roo, actualmente preso en un penal federal del estado de Morelos, se le responsabiliza por su presunta omisión de impedir la venta irregular a precios de remate de 18 inmuebles propiedad del Instituto del Patrimonio Inmobiliario del Estado (IPAE), de 2011 a 2016.

Borge Angulo interpuso un amparo contra el auto de vinculación a proceso que forma parte de la carpeta administrativa 159/2017 decretado por el Juzgado de Control de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chetumal, el 12 de diciembre de 2019.

La pelea legal de quien tuvo las riendas de Quintana Roo del 5 de abril de 2011 a septiembre de 2016, consistió en solicitar medidas cautelares al Juzgado Primero de Distrito de la entidad, pero el caso se radicó y se resolvió con una sentencia que le fue desfavorable emitida en el Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región con residencia en Zacatecas, el 5 de noviembre de 2020.

Inconforme con la resolución, Roberto Borge escaló su reclamo a una segunda instancia mediante un recurso de revisión de sentencia radicado en el Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo bajo el número de expediente 27917989, el 26 de noviembre de 2020.

El fallo unánime de dos magistrados y de un secretario en funciones de magistrado del Poder Judicial Federal validó la primera sentencia en los mismos términos, el pasado día 9 de noviembre.

Borge Angulo reclamó ocho supuestas violaciones del procedimiento por el juzgado federal que le negó el amparo, en las cuales sostuvo que gozaba de inmunidad procesal durante y después de dejar el cargo de gobernador, que ya había prescrito el delito imputado, y que la presentación de pruebas se hizo posterior a la judicialización del caso.

Igualmente, señaló presuntas infracciones al tratado internacional que lo trajo de vuelta al país desde Panamá, donde fue aprehendido el 4 de junio de 2017.

En cada uno de los supuestos agravios, a los que se agregaron otras supuestas fallas en los principios de oralidad, exhaustividad e inmediación, entre otras, el tribunal de alzada resolvió que no le asistía la razón jurídica.

Igualmente, que los argumentos expuestos eran infundados o inoperantes, con lo cual fueron desechados. Como parte del mismo juicio se declaró también sin materia (por ya no ser necesario el recurso) una revisión adhesiva interpuesta por la tercera autoridad interesada: la Agencia de Proyectos Estratégicos del Estado de Quintana Roo.

Entre los argumentos rechazados al exmandatario estatal por el tribunal revisor fue que el Constituyente Local le otorgó inmunidad absoluta sobre delitos no graves cometidos en el tiempo de gestión como gobernador, lo que se prorrogó incluso después de su encargo. Sin embargo, se le recordó que el Ministerio Público en apego a sus atribuciones legales ejerció la acción penal después de que culminó su mandato, cuando ya había desaparecido la inmunidad procesal.

De la supuesta infracción al tratado de extradición entre nuestro país y la República de Panamá, en la cual se señaló que la Fiscalía formuló una imputación por un delito por el cual no se libró la orden de aprehensión que originó su extradición, se concluyó que el tema debe resolverse durante el juicio y no en la etapa de vinculación a proceso.

Sobre la supuesta prescripción del ilícito, se determinó que la acusación se basa en un delito continuado, en el que las operaciones de venta de inmuebles por debajo de su valor comercial comenzaron el 22 de diciembre de 2022 y la última se realizó el 19 de septiembre de 2016.

La denuncia contra Roberto Borge se interpuso el 14 de noviembre de 2016, con lo cual no habrían transcurrido los tres años mínimos establecidos por la Ley, como se pretendía justificar.

Para los magistrados federales el auto de vinculación a proceso de Roberto Borge por el delito de peculado se encontró debidamente fundado y motivado, como también la posibilidad de que hubiera intervenido en su comisión, sin que se le aceptara de que la responsabilidad habría recaído únicamente en el organismo descentralizado.

Durante el análisis legal se evidenció que la venta de los inmuebles no se hizo bajo las condiciones estipuladas, pues estaban en el régimen público y los inmuebles fueron distraídos por enajenación con una venta posiblemente irregular.

Borge Angulo enfrenta también la causa penal federal 381/2017 en el Juzgado de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio con sede en Ciudad Nezahualcóyotl, por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el modo de ocultar o pretender ocultar el destino de diversos bienes cuando se tenga conocimiento de que sean de procedencia ilícita.

En ese mismo caso, al ex mandatario estatal se le vinculan entre sí algunos de los bienes inmuebles objetos de la distracción u ocultamiento que son parte de la querella del orden común cometidos por o contra servidores públicos locales en Quintana Roo.