Amparan a cantina por ley de tabaco

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Amparan a cantina por ley de tabaco
  • Un juez federal concedió el lunes la primera suspensión contra la orden Presidencial que elimina las zonas para fumadores en restaurantes.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un juez federal concedió el lunes la primera suspensión contra la orden Presidencial que elimina las zonas para fumadores en restaurantes.

Ulises Rivera González, juez cuarto de distrito en Materia Administrativa, otorgó la suspensión en un amparo promovido por la razón social León de Oro, se trata de una cantina que funciona desde hace casi 70 años en la Colonia Escandón.

El pasado 15 de enero entró en vigor la reforma reglamentaria decretada por el Ejecutivo que prohíbe “cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento” en las zonas para fumadores.

 “Se concede la suspensión provisional a la parte quejosa, para el efecto de que las normas reglamentarias reclamadas no le sean aplicables, únicamente en lo concerniente a la prohibición absoluta de fumar en establecimientos dedicados al servicio de alimentos y bebidas, quedando sujeto al cumplimiento de los deberes que prevén la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT) y su anterior reglamento”, ordenó el juez.

El Gobierno puede impugnar la suspensión provisional mediante queja ante un tribunal colegiado, mientras que el 8 de febrero se resuelve si se concede la suspensión definitiva, que permitiría a la cantina seguir dando servicio de alimentos y bebidas en su zona de fumar durante todo el tiempo que tome tramitar el juicio de amparo.

El artículo 27 de la ley, que es al que deberá sujetarse El León de Oro, sigue permitiendo que se fume en espacios al aire libre.

“En lugares con acceso al público en forma libre o restringida, lugares de trabajo con o sin atención al público, públicos o privados, podrán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre de conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría”.

La versión anterior del reglamento, en tanto, es la que se aplicaba desde 2009, y permite áreas de fumadores, no sólo en espacios al aire libre, sino también en “espacios interiores aislados” que están sujetos a múltiples requisitos técnicos y fueron derogados con la reforma reciente.

La Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac), que agrupa a más de 600 mil establecimientos de todo el país, tiene previsto promover amparos contra esta reforma.

 Entre otros argumentos, los restauranteros alegan que, el introducir esta prohibición en el reglamento, el Ejecutivo violó el principio de reserva de ley, pues el Congreso no la previó en la reforma de febrero de 2022 a la LGCT, que vetó el cigarro en espacios de concurrencia colectiva.

El mismo alegato se ha presentado para impugnar otra de las reformas del Ejecutivo, que prohibió exhibir cajetillas de cigarros en los comercios, equiparando dicha exhibición con la publicidad de estos productos, que el Congreso vetó en la LGCT.

En este tema, tanto el juez Rivera González como otros de sus colegas han negado las suspensiones a las tiendas que se han amparado.

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