Invalidan a Chapur permiso ‘tramposo’

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Invalidan a Chapur permiso ‘tramposo’
  • Chapur está a punto de perder concesión ‘truqueada’, juzgados federales le han propinado reveses en su intento por ampararse.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- José Chapur Zahoul está cada vez más cerca de no poder renovar una concesión ambiental, que a pesar de no ser el titular le ha permitido tramposamente a su hotel Moon Palace realizar recorridos turísticos a los límites del Parque Nacional Arrecifes de Cozumel en los últimos 20 años.

El empresario yucateco recibió el primer revés legal mediante una sentencia que le negó la protección constitucional en uno de los tres amparos que su empresa interpuso en diciembre pasado.

El reclamo legal del hotelero fue contra una supuesta omisión de respuesta por parte de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), para resolver una solicitud del permiso de actividades turístico-recreativas.

En otros dos juicios que mantiene activos la compañía Hotelera Palace Resort, S.R.L. de C.V., los juzgados federales ya declararon una negativa de otorgar las suspensiones definitivas.

El empresario ha pretendido impedir que también se le revoque o se invalide el salvoconducto que le garantiza el acceso al Área Nacional Protegida (ANP), así como blindar una embarcación en la que transporta a los turistas, para evitar que se ejecute un posible aseguramiento ante la falta de los permisos ambientales.

El reclamo jurídico fue el mismo en los tres juicios de garantías interpuestos simultáneamente el 22 de diciembre pasado, los cuales recayeron para su análisis en los juzgados Tercero, Séptimo y Noveno con sede en Quintana Roo.

En el amparo con número de expediente 31427590 del Juzgado Séptimo se sobreseyó el reclamo con una sentencia decretada el 15 de febrero del presente año, de la cual antes ya se le había negado la suspensión definitiva (8 febrero) y la provisional (20 enero), y cuyo asunto se dio por terminado al mandarse al archivo el pasado 2 de marzo.

En el juicio de garantías 31427647 radicado en el Juzgado Tercero se negó la suspensión definitiva el 23 de enero, cuyo sentido validó una negativa anterior de otorgar la provisional del 5 de enero.

La audiencia constitucional donde se resolverá en definitiva este caso está agendada para el 17 de marzo próximo, debido al retraso de los informes justificados de las autoridades responsables y del guardaparques del Parque Nacional Arrecifes de Cozumel adscritos a la CONANP.

Y en el amparo 31427734 del Juzgado Noveno se le negó también la suspensión definitiva (8 febrero) y antes la provisional (4 enero).

El juzgador federal consideró que otorgar las medidas cautelares al resort “se traduciría en construir un derecho que no se tenía a la fecha de la presentación de la demanda”.

La empresa hotelera ha insistido en su defensa que cuenta con derechos adquiridos a través de los años por las autorizaciones y prórrogas otorgadas en diversos documentos.

Citó un oficio emitido (2 diciembre 2016) por el director regional Península de Yucatán y Caribe Mexicano de la CONANP, que le autorizó realizar actividades turístico-recreativas dentro del Parque Nacional Arrecifes de Cozumel por un plazo de dos años, del 1 de diciembre de 2016 al 30 de noviembre de 2018.

Igualmente, el oficio F00.9.DRPYYCM.UJR/091 expedido por la misma autoridad respecto a una opinión favorable para llevar a cabo un procedimiento transferencia de autorización para la prestación de servicios turísticos, que se validó con los oficios F00.9.DRPYYCM.A/0651-2015 (25 julio 2015) y F00.9.DRPYYCM.P.-1195-2016 (2 diciembre 2016).

De los documentos, el juez advirtió que fueron autorizaciones para realizar actividades dentro del citado Parque Nacional, pero igualmente detectó que como parte del juicio se “revela la intención de evitar que, so pretexto de la concesión de una medida cautelar, se otorgue al quejoso el goce de una prerrogativa de la que no era titular”.

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