Inició declaración anual ante el SAT

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  • Ya llegó abril y con ello la declaración anual que se hace a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
SARAH JIMÉNEZ / AGENCIA REFORMA

GUADALAJARA, JALISCO.- Ya llegó abril y con ello la declaración anual que se hace a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), si eres empleado deberás conocer las obligaciones que tienes, así como las fechas clave.

El trámite comenzó el 1 de abril, pero se puede realizar cualquier día del mes con un límite de tiempo al 30 de abril, además existe la modalidad en línea en la página del SAT.

Para hacerlo, debe tener su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la Firma Electrónica vigente, si aún no cuenta con ella o no está vigente, está a tiempo de realizar el trámite previo a la declaración.

“En este tema, la recomendación sería planear anticipadamente tus deducciones personales, cualquier gasto hospitalario, la colegiatura, que es el servicio de la enseñanza”, mencionó Ernesto Estrada, vicepresidente fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara.

Estrada agrega que los días inhábiles que tendrá el SAT serán únicamente el 6 y 7 de abril (Jueves y Viernes Santo), por lo que los trámites los podrá realizar incluso en vacaciones en los primeros días de Semana Santa y todo Pascua.

Deberá presentar la declaración anual si obtuvo ingresos mayores a 400 mil pesos durante el año y si trabajó para dos patrones o más, aunque no llegue al monto antes mencionado.

También se puede realizar sin tener alguna obligación, pues las deducciones personales se restan y podría ser acreedor a un saldo a favor.

Generalmente el trámite es generado por el patrón, pero si el empleado le aclara que él mismo la hará porque tiene deducciones personales se puede hacer y es considerado como un beneficio para el empleado.

Estrada menciona que el empleado deberá revisar la información precargada de ingresos que coincidan con los pagos que recibió durante el año con los comprobantes fiscales de nóminas (semana, quincena, etc.), por aguinaldo y utilidades, para evitar declarar en menor cantidad y duplicar algún CFDI.

Para hacer el trámite en línea primero deberá ingresar al portal del SAT y seleccionar la opción que dice “Declaraciones anuales”, después seleccionar: Declaración Anual de personas físicas o morales 2022, según sea el caso.

Posteriormente, deberá ingresar al portal con su RFC y contraseña. Llenar los datos que solicita la declaración.

Deberá firmar la declaración y enviarla una vez que se haya revisado que todos los comprobantes estén incluidos. Obtendrá el acuse de recibido de la declaración en línea de captura.

Existe la opción de obtener por parcialidades, por lo que recibirá los formatos con las líneas de captura con el importe a pagar en cada una de ellas.

“Normalmente el SAT tiene un programa de devolución automática, que son menos días que los oficiales que los 40 días hábiles, pero pueden ser más si hay requerimientos de información por parte del SAT”, concluyó el experto.

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