Definen para mujeres mitad de candidaturas

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Definen para mujeres mitad de candidaturas
  • Como parte de los lineamientos de paridad de género que aprobó el Instituto Electoral de la Ciudad de México, los partidos políticos deberán postular a mujeres.
ALEJANDRO LEÓN / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Como parte de los lineamientos de paridad de género que aprobó el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), los partidos políticos deberán postular a mujeres en, al menos, la mitad de las candidaturas a las 16 alcaldías.

El mismo método lo deberán aplicar en las fórmulas para las candidaturas a diputaciones locales, mientras que para los aspirantes a Jefatura de Gobierno tendrán que regirse por reglas definidas a nivel nacional.

La consejera Sonia Pérez añadió que también revisarán que las mujeres tengan las mismas condiciones en competitividad. Es decir, que no sean propuestas en distritos o demarcaciones donde los partidos tienen menos posibilidades de ganar o en los que tuvieron los porcentajes de sufragios más bajos, respecto al proceso electivo ordinario anterior.

“Tiene que haber mínimo la mitad, pero puede haber más candidaturas de mujeres.

“En Jefatura de Gobierno, como es un cargo unipersonal, ya tendrán que verlo en función de la regla que les puso el INE de que tendrán que establecerlo general con las postulaciones que hagan en otras entidades federativas”, declaró Pérez a REFORMA.

MUJERES, LAS QUE MÁS PARTICIPAN

La consejera electoral resaltó que las mujeres son las que más participan en la vida pública de la Capital.

Por ejemplo, fue el sector que más proyectos de Presupuesto Participativo registró en 2022, con 8 mil 665 propuestas, mientras que los hombres dieron de alta 5 mil 662 iniciativas.

También, son quienes más integran las Comisiones de Participación Comunitaria (Copacos), con el 59.05 por ciento y los hombres representan el 40.95 por ciento.

“Recordemos que ahora, en alcaldías, derivado del proceso pasado, tenemos ocho mujeres alcaldesas (…) entonces, lo que advertimos es que estas reglas funcionan”, expresó Pérez. 

TRES DE TRES

En tanto, el Artículo 83 de los lineamientos del Instituto contempla el 3 de 3 contra la violencia, el cual destaca que los candidatos con y sin partido no deben haber sido sentenciados o sancionados penal o administrativamente por actos de discriminación por género, identidad u orientación sexual.

Tampoco, deben haber recibido una sentencia firme o condenados por la comisión dolosa de delitos contra la vida y la integridad corporal; violencia familiar; violencia a la intimidad sexual o por violencia política contra las mujeres en razón de género.

Si un candidato es persona alimentaria morosa o está inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, también serán impedimentos para que obtengan el aval para buscar un cargo público.

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