- La SFP no tenía facultades para sancionar a las empresas que durante años se coludieron para repartirse contratos de estudios de laboratorio.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA
CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de la Función Pública (SFP) no tenía facultades para sancionar a las empresas que durante años se coludieron para repartirse contratos de estudios de laboratorio y banco de sangre del IMSS y el ISSSTE.
Lo anterior estableció la justicia federal al anular la inhabilitación de siete años para contratos públicos y multa de 100.2 millones de pesos a las empresas Dicipa y Valtrum.
Raúl Armando Morales Flores, titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control (OIC) en el ISSSTE, que depende de la SFP, fue quien indebidamente impuso estas sanciones, entre agosto de 2022 y enero de 2023.
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Sin embargo, por tratase de conductas graves, la sanción debió imponerla el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), al cual le fue transferida esta facultad en la reforma anticorrupción de 2015.
“La norma conforme a la cual se substancia el procedimiento contra de la quejosa es la Ley General de Responsabilidades Administrativas, conforme a la cual, la autoridad responsable, Titular del Área de Responsabilidades del OIC en el ISSSTE, no está facultada para emitir resoluciones relativas a faltas administrativas graves”, resolvió la jueza federal Celina Quintero, al amparar a Dicipa.
“Ante la demostración de la insuficiencia de la fundamentación y motivación en su emisión, no procede que la autoridad responsable subsane dichas circunstancias, al estimarse que se tratan de vicios de fondo que impiden su reiteración”, agregó, en sentencia confirmada por el Segundo Tribunal Colegiado Administrativo.
La cancelación del castigo a Dicipa fue publicada el martes pasado por Morales Flores. Valtrum, otra sancionada, ganó su amparo en abril de 2023, con el mismo argumento que Dicipa, pero en noviembre pasado, denunció ante el juzgado una repetición del acto reclamado, que está pendiente de sentencia.
Instrumentos y Equipos Falcón, también castigada, ya había ganado su litigio en noviembre, en ese caso, por un fallo del propio TFJA.
Otras sancionadas también podrían ganar con el mismo argumento, pues Morales Flores tenía que haberse limitado a instruir el procedimiento y turnar el expediente al TFJA, para que éste resolviera el castigo.
Estas empresas estuvieron implicadas en el escándalo de 2016 que evidenció sus acuerdos para repartirse territorios y/o fijar precios, en una licitación del IMSS para 37 contratos y 469 millones de análisis clínicos.
Por denuncia del IMSS, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) anunció en agosto de 2020 multas que sumaron 626 millones de pesos contra once empresas, caso que se litiga por separado a las sanciones de la SFP.
Pese a las acciones de la SFP y la Cofece, las empresas del cártel han seguido entre las principales proveedoras en este sexenio, pues son pocas las firmas que pueden dar estos servicios en la escala masiva que requieren el IMSS y el ISSSTE.
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