- CAPA busca expropiar 650 hectáreas de tierras ejidales en Alfredo v. Bonfil.
MARCO ANTONIO BARRERA
CANCÚN, Q. ROO.- La Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) de Quintana Roo puso sobre la mesa el expropiar 650 hectáreas utilizadas actualmente para pozos e infraestructura de distribución de agua potable en el ejido Alfredo V. Bonfil y su Anexo, en el municipio de Benito Juárez.
El director general del organismo, Alberto Covarrubias, en cumplimiento a una sentencia de amparo que protegió a los ejidatarios, requirió al presidente del Consejo Directivo someter a consideración y aprobación “la necesidad de expropiación de tierras ejidales”.
El fallo legal en cuestión se dio como resultado de un litigio que duró casi seis años, en el cual se determinó resarcir una afectación al núcleo ejidal, respecto a su derecho de propiedad y posesión sobre un terreno de 650 hectáreas, 50 áreas, 94 centiáreas y 34 centímetros cuadrados de agostadero común.
El suelo fue originalmente expropiado por el expresidente de la República, Ernesto Zedillo, el 18 de octubre de 1995, para la perforación de pozos y la construcción de infraestructura que permitiera extraer y distribuir agua potable al centro urbano de Cancún.
- Impactan a destino abusos de taxistas
- Corrige juez arrestos a vendedores en playas
- Juegos que transforman vidas
La entrega de los terrenos se hizo al gobierno de Quintana Roo encabezado entonces por Mario Villanueva Madrid, mismos que “sólo podrán ser ocupados mediante el pago depositado del importe de indemnización”, lo cual nunca ocurrió.
En el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación se impuso un pago de 650 mil 509.43 pesos, a un valor unitario de mil pesos por hectárea para las personas que demostraran derechos legales.
Luego de la construcción de pozos e infraestructura hidráulica se extendió la protección del suelo más allá del terreno reclamado, a un área de amortiguamiento de 2 mil 200 hectáreas.
El Ejido inconforme solicitó la protección de la justicia federal mediante un amparo que se radicó en el Juzgado Tercero de Distrito en la entidad, con el número 24277524, el 25 de enero de 2019.
La sentencia de primera instancia fue avalada por el Segundo Tribunal Colegiado, mediante el recurso de revisión número 32435068, mismo que ordenó a las autoridades que ante la imposibilidad de que las tierras fueran restituidas se procediera a resarcir económicamente su valor al ejido, “en razón de que no se le ha hecho pago alguno”, a través de un fallo emitido el 25 de noviembre de 2024.
La protección constitucional en etapa de cumplimiento consistió que se le diera al ejido la garantía de audiencia para que las autoridades le comunicaran el acto de autoridad con el cual dispusieron de sus bienes sin que se les pagarán.
Igualmente, detalló lo que habría de proceder ante la imposibilidad de restituir los terrenos destinados al servicio de abastecimiento de agua potable.
“Deberá iniciar los trámites necesarios mediante los procedimientos contemplados en la Ley Agraria y en la Ley de Expropiación Correspondientes, con la finalidad que se resarza económicamente al ejido quejoso el valor de sus tierras afectadas, en razón de que no se le ha hecho pago alguno”.
En seguimiento al caso, se volvió a ordenar legalmente que, en los tres días hábiles siguientes a la notificación, se informe sobre el resultado de la propuesta del titular de CAPA contenida en el oficio CAPA/DG/0004/2025, el 3 de enero pasado.
Al Consejo Directivo se le planteó la necesidad de expropiación de las tierras ejidales afectadas en cumplimiento a la ejecutoria del amparo, pues ante un eventual incumplimiento se amagó con imponer una multa de 10 mil 857 pesos.
Además, de incurrir en incumplimiento, se podría remitir el expediente a un Tribunal Colegiado de Circuito para seguir con el trámite de inejecución (cuando la autoridad responsable no cumple con una sentencia ejecutoriada), una vez que transcurra un plazo razonable para dar por atendida la resolución protectora.
El comisariado ejidal es un órgano de representación elegido en una asamblea, mediante el voto secreto y recuento público inmediato encargado de la gestión administrativa y la ejecución de acuerdos de la asamblea.
El referido juicio de garantías se interpuso por el ejido representado entonces por el presidente Luis Martínez Rocha, la secretaria Antonina Segovia y el tesorero Víctor Nava, el 25 de enero de 2019.
Y tocó continuar el caso a los siguientes presidentes, Reyes Antonio de la Rosa Muñoz, la secretaria Lorenza Berumen Luevanos y el tesorero Silvestre Córdova Pacheco.
La sentencia protectora se emitió el 30 de noviembre de 2022, y después siguió el recurso de revisión que se resolvió el 8 de noviembre del año pasado.
El poblado Alfredo V. Bonfil y su Anexo ha sido objeto de nueve decretos expropiatorios por una superficie conjunta de 2 mil 419 hectáreas, de 1991 a 1995, incluida la desposesión de los terrenos que se reclaman.