Solicitan amnistía 32 presos en Quintana Roo

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Solicitan amnistía 32 presos en Quintana Roo
  • Hasta el pasado 22 de enero, 32 personas privadas de la libertad en el estado habían solicitado el beneficio de la Ley de Amnistía.
OMAR ROMERO

CANCÚN, Q. ROO.- Entre los 10 estados donde personas privadas de la libertad han solicitado ser beneficiados con la Ley de Amnistía, se encuentra Quintana Roo, de acuerdo con datos de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia.

La primera posición con 183 solicitudes la ocupa Sinaloa; con 158 le sigue Baja California; en tercer lugar se ubica Chiapas con 141; San Luis Potosí tiene 61; y el “Top 5” lo completa Guerrero con 52 peticiones.

Jalisco está en la sexta posición con 50 solicitudes; seguido de Nayarit con 38; el Estado de México y la Ciudad de México con 35 peticiones ocupan la octava y novena; y en décimo lugar con 32 requerimientos está Quintana Roo.

Hasta el 22 de enero del año en curso, la Secretaría de Gobernación recibió a través del correo electrónico amnistía@segob.gob.mx, mil 115 casos de petición de amnistía, de los cuales, 942 son hombres (56 de ellos indígenas) y 173 mujeres (11 indígenas).

De los mil 115 casos, 760 corresponden a delitos contra la salud; del total de los asuntos que están en dictamen, 175 son delitos que no proceden, y de 769 la Unidad se encuentra en espera de información.

En abril del año pasado, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la Ley de Amnistía, que se declara a favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden federal.

Siempre que las personas no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas y por delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la misma.

Este beneficio aplica en el delito de abordo, cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido; a las y los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, u otro personal autorizado de servicios de la salud; a los familiares de la madre del producto que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo. Por homicidio por razón de parentesco, cuando el sujeto pasivo sea el producto de la concepción en cualquier momento de la preñez; también aplica para los ilícitos contra la salud, si la persona se encuentra en situación de pobreza o extrema vulnerabilidad, entre otros supuestos.

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