Desechan amparos contra padrón móvil

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Desechan amparos contra padrón móvil
  • Un juez determinó que la presentación de estos amparos es prematura, porque la reforma legal todavía no causa afectaciones a los clientes de telefonía celular.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un juez federal desechó por improcedentes 53 amparos que impugnan la obligación de entregar datos personales y biométricos al nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) como requisito para mantener o dar de alta una línea celular.

Rodrigo de la Peza, juez Primero Especializado en Competencia Económica y Telecomunicaciones, determinó que la presentación de estos amparos es prematura porque la reforma legal todavía no causa afectaciones a los clientes de telefonía celular.

Lo anterior, en contraste con el criterio de su colega Juan Pablo Gómez Fierro, quien la semana pasada admitió a trámite varios amparos y concedió suspensiones provisionales para exentar a los quejosos de la entrega de datos al Panaut.

“En este momento, la ley tiene una peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a que este juzgador deba considerar que durante el mismo se está ante una norma heteroaplicativa”, explicó De la Peza.

Las leyes heteroaplicativas no causan perjuicio a los ciudadanos por su sola entrada en vigor, sino que requiere actos de aplicación posteriores por parte de alguna autoridad y es sólo a partir de estos actos cuando se pueden promover amparos.

Plazo de 180 días

En el caso del Panaut, De la Peza enfatizó que es requisito para su operación que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) expida disposiciones administrativas, en un plazo de 180 días que empezó a correr el 17 de abril.

“Los concesionarios enfrentan en este momento una imposibilidad jurídica para recabar esos datos de sus clientes, pues para ello, deben utilizar medios digitales y medios remotos que garanticen la veracidad e integridad de la información.

“Conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que llegue a emitir el IFT, pero que todavía no existen”, explicó.

“Hasta en tanto el IFT emita las disposiciones administrativas para la debida operación del Panaut, los concesionarios no podrán recabar los datos de los usuarios, y por consiguiente, será hasta entonces que pueda hacerse efectivo el deber del usuario para proporcionar sus datos al concesionario, para que éste posteriormente, pueda registrar la línea móvil en el Panaut”, agregó.

De la Peza notificó el desechamiento de 21 amparos el viernes pasado y 32 más hoy.

Los inconformes pueden impugnar mediante queja ante los tribunales colegiados especializados, que tomarán varias semanas para resolver si las demandas deben admitirse.

Cabe aclarar que, al desechar los amparos, el juez no adelantó algún criterio sobre la posible inconstitucionalidad de la obligación de entregar datos al Panaut e incluso es posible que en su momento otorgue suspensiones, pero sólo cuando ya existan las disposiciones del IFT para aplicar el padrón.

La semana pasada, el subsecretario de Seguridad Pública, Ricardo Mejía, criticó al juez Gómez Fierro por otorgar suspensiones contra el Panaut de manera “frívola”, precisamente porque aún están pendientes las disposiciones del IFT.

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