Pelearán restauranteros contra la Ley antitabaco

833
Pelearán restauranteros contra la Ley antitabaco
  • Con este nuevo reglamento se establece que las zonas exclusivamente para fumar deberán ubicarse solamente en lugares al aire libre.
OMAR ROMERO

CANCÚN, Q. ROO.- La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) Cancún adelantó que iniciará acciones legales, tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.

Julio Villarreal Zapata, presidente de esta Cámara, sostuvo que reconocen y coinciden con el espíritu de la Ley, pues va encaminada a proteger la salud de la población, de ahí que participaron en su discusión, logrando que existiera una convivencia en espacios libres de humo y aquellos para personas que quisieran ejercer su libertad de fumar.

Sin embargo, con la publicación del decreto el viernes de la semana pasada, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de esta Ley, el líder restaurantero considera que habrá afectaciones, ya que los propietarios de este tipo de negocios invirtieron con anterioridad para adecuar espacios libres de humo.

Pero ahora con este nuevo reglamento se establece que las zonas exclusivamente para fumar deberán ubicarse solamente en lugares al aire libre, no se podrá brindar cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento, y tienen que reunir una serie de características.

“Muchos de los restaurantes ya habían invertido en áreas para fumadores, ya se habían hecho inversiones para en algunos casos incluso hasta tener filtros con la anterior Ley, hoy ya está que no se puede fumar dentro de ninguna instalación, tiene que ser el aire libre y 10 metros alejados de toda concurrencia, es decir, alejada de toda entrada o pasillo, de todo lugar por donde entre toda persona”.

Abundó que con esto se deja en un estado de indefensión tanto a los propietarios de los locales, como a la gente que fuma, al manifestar que se les está inhibiendo su derecho, aunado a que las inversiones se van a perder.

Por ello, adelantó que iniciarán con las acciones legales necesarias, toda vez que este Reglamento entrará en vigor a los 30 días naturales siguientes a su publicación, es decir, será obligatorio a partir del 15 de enero de 2023.

Villarreal Zapata sostuvo que no es que estén buscando vender tabaco, puesto que no se dedican a esto, sino que proporcionan un servicio para aquellas personas consumidoras del cigarro y cada persona es libre de realizar cualquier actividad.

“En este sentido creo que afecta mucho al comensal que desea fumar porque ahora no habrá un espacio, muchos de los restaurantes obviamente no tienen los 10 metros de distancia a dónde mandar a su comensal a fumar porque no se pueden servir alimentos en lugares donde se esté fumando”.

Con esta Ley queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, es decir, patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes.

Además de parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso.

Así como lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, y demás espacios que establezca la Secretaría de Salud en términos de la Ley, de este Reglamento y demás disposiciones jurídicas.