Protegen derechos laborales ante IMSS-Bienestar

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  • Empleados de Sesa se protegieron legalmente ante la transferencia del IMSS-Bienestar.
MARCO ANTONIO BARRERA

CHETUMAL, Q. ROO.- Trabajadores sindicalizados de Hospitales Regionales de Alta Especialidad de los Servicios Estatales de Salud (Sesa) de Quintana Roo pusieron a salvo sus derechos laborales ante una fusión con el programa IMSS-Bienestar.

La protección legal provisional se dio a favor de una decena de empleados para garantizar que, con la transferencia administrativa, no se vulneren sus condiciones de trabajo colectivos ni que hayan adquirido con anterioridad.

Mediante el amparo 34678579 del Juzgado Sexto de Distrito radicado en la capital del estado, las personas servidoras públicas solicitaron blindar legalmente su situación laboral actual.

Los quejosos externaron su preocupación ante el proceso de transferencia de los recursos humanos estatales al programa de salud federal impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El programa IMSS-Bienestar pretende ampliar los servicios de salud con gratuidad y medicamentos sin costo a la población que carece de seguridad social, no sólo con unidades médicas y de servicios de primero y segundo nivel sino con hospitales de alta especialidad.

El reclamo legal de los trabajadores impugnó el “Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar)”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2022.

En el documento se asienta que el organismo tiene como objetivo brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social una atención médica integral gratuita y hospitalaria con medicamentos y demás insumos bajo criterios de universalidad e igualdad.

Además, el “Decreto por el que se desincorporan por fusión el Centro y los Hospitales Regionales de Alta Especialidad que se indican con el IMSS-Bienestar” del 11 de octubre de 2023.

Igualmente, el “Acuerdo por el que se emiten las Bases para el proceso de desincorporación por fusión del centro y los hospitales regionales de alta especialidad que se indican con el IMSS-Bienestar” del 16 de octubre de 2023.

En los dos decretos citados se ordenó la desincorporación por fusión de la transferencia de los recursos humanos, presupuestarios, financieros y materiales.

Asimismo, inmuebles, derechos y obligaciones de los hospitales regionales de alta especialidad del Bajío, Chiapas, Oaxaca, Península de Yucatán, Ciudad Victoria e Ixtapaluca.

En el juicio de amparo se reprochó jurídicamente que en el proceso de transferencia “nada dice sobre el respeto y garantía de que sigan conservando los derechos colectivos, como son los derivados del contrato colectivo de trabajo”.

La preocupación de los inconformes consiste en que con la orden presidencial se pudiera ver trastocado el proyecto de vida digna a que tienen derecho.

Aseguraron que al no existir disposiciones específicas ni garantía alguna de que serán respetadas las condiciones de trabajo derivadas del contrato colectivo correspondiente.

Igualmente alegaron que en la Constitución general se establece en el artículo 123, apartado B, fracción IV, que los salarios y condiciones laborales no podrán verse disminuidos durante el encargo de los servidores públicos.

Al otorgarse la suspensión provisional, se estableció que la medida no afecta el interés social ni público, y en cambio se evita algún daño o perjuicio de difícil reparación.

Los efectos protectores impiden que los decretos citados afecten a las personas solicitantes por la fusión de su fuente de trabajo con el IMSS-Bienestar, y la probable alteración operativa y presupuestaria que esto implica, hasta que se resuelva la suspensión definitiva.

La protección ordenó que los trabajadores representados por Irma Yolanda Ayuso continúen en sus puestos de trabajo con su correspondiente remuneración y sus derechos laborales anteriores (individuales y colectivos).

La solicitud de medidas cautelares fue presentada el 15 de febrero pasado, y antes de ser admitida se previno para corregir la demanda de amparo, y que fuera “ordenada, legible y completa”.