Temen aprehensión dueños de Aguakan

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  • Así como el director de la empresa, los accionistas mayoritarios de Aguakan tienen temor de ser aprehendidos.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- Al igual que el director general de Aguakan, Paul Rangel, los accionistas con la mayor participación en la empresa concesionaria de agua potable, alcantarillado y saneamiento en cuatro municipios de Quintana Roo, obtuvieron una protección constitucional temporal ante una posible orden de aprehensión.

La medida legal fue otorgada por juzgados federales radicados en Cancún, al presidente del Consejo y al director del Grupo Mexicano de Desarrollo (GMD), Jorge Ballesteros Franco y Jorge Ballesteros Zavala, respectivamente.

Los juicios de garantías se tramitaron el 25 de marzo pasado, y se concedió una suspensión provisional contra una posible detención, pero se les negó conocer y tener acceso a la carpeta de investigación.

La investigación que provoca los temores a los ejecutivos tiene que ver con un fraude procesal en que supuestamente habría incurrido la concesionaria al mentir a un juez federal.

El caso tiene que ver con la emisión del Decreto 195 del Poder Legislativo de Quintana Roo que dio por terminada anticipadamente la ampliación de la concesión a la moral Desarrollos Hidráulicos de Cancún que opera comercialmente con el nombre de Aguakan, y que defiende la vigencia del permiso hasta 2053.

El amparo de Ballesteros Franco tiene el número de expediente 35078675 en el Juzgado Cuarto de Distrito, desde el 25 de marzo pasado, del cual se decretó la suspensión provisional el primero de abril de este año.

Al segundo juicio de garantías promovido por Ballesteros Zavala se le asignó el número 35082719 en el Juzgado Tercero de Distrito, pero se condicionó el fallo protector al pago de una garantía económica de 5 mil pesos.

Como autoridades ejecutoras de la posible detención se citó a la Policía Federal Ministerial de la Fiscalía General de la República (FGR) y a la Policía de Investigación y la Secretaría de Seguridad Ciudadana, ambas de Quintana Roo.

En la resolución se le negó tener un acceso irrestricto al contenido de la carpeta de investigación aun cuando la persona no hubiera sido formalmente imputada, con el fin de garantizar el derecho a una defensa adecuada, igualdad entre las partes y la presunción de inocencia.

Igualmente, ante la negativa del Ministerio Público de citar o hacerlo comparecer para hacer de su conocimiento de “los hechos que se investigan dentro de una carpeta de investigación seguida en contra de este prominente de garantías”.

Inconforme con la resolución, el director del GMD tramitó la queja 35157444 ante el Segundo Tribunal Colegiado, que resultó infundada al analizar las razones de los supuestos agravios, el 8 de marzo pasado.

Como autoridades ordenadoras se señala a jueces de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio radicados y adscritos al Centro de Justicia Penal Federal en la entidad, y al Juez de Control actuando dentro de los Juzgados de Control y Tribunales de Juicio Oral Penal en Quintana Roo.

Además, a tres jueces de primera instancia de Cancún, un Juez de Control y jueces de Tribunal de Juicio Oral del Sistema Penal Acusatorio del estado.

Y a fiscales de la FGR y a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, Delitos Patrimoniales y en Combate a los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita de la entidad.

En esta misma trama legal, el director general de Aguakan mantiene activos dos amparos con los mismos reclamos legales.

En el caso 35001373 del Juzgado Cuarto de Distrito goza de una suspensión provisional contra una eventual orden de detención mediante el pago de 20 mil pesos, pero igualmente se le negó ser llamado y conocer la carpeta de investigación.

En caso 34862176 del Juzgado Octavo de Distrito se le concedió una suspensión provisional condicionada con una garantía económica de 10 mil pesos, y después se le negó la suspensión definitiva que trata de combatir con una queja admitida el 15 de marzo pasado.

El GMD tiene una participación accionaria en Aguakan del 51.1 por ciento, mientras que la moral GBM Hidráulica el 49.9 por ciento.

Sobre el decreto legislativo que dio por terminada anticipadamente la vigencia de la concesión del servicio de agua potable, el GMD goza de una suspensión definitiva en el amparo 34373445 del Juzgado Noveno de Distrito desde el 14 de marzo

La empresa GBM Infraestructura mantiene activo el juicio de garantías 34347744 con la misma medida protectora desde el 7 de febrero.

Y Desarrollos Hidráulicos de Cancún cuenta con la misma protección jurídica en el amparo 34191096 del Juzgado Octavo de Distrito, desde el 19 de enero.