Ordena juez proteger al personal de salud

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Ordena juez proteger al personal de salud
  • Un juez federal se elevó a mandato jurídico que obliga a las autoridades a equipar y proteger a los trabajadores de la salud.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- Lo que hace seis meses los tribunales federales resolvieron provisionalmente como urgente para proteger la salud y la vida del personal médico expuestos en primera línea a contagiados por Covid-19, se elevó a mandato jurídico que obliga a las autoridades a equipar y proteger a los trabajadores de la salud.

Recientemente un juez federal resolvió que es latente el riesgo de contagio entre quienes prestan servicios de atención médica, lo cual atenta contra sus derechos constitucionales a la salud, vida e integridad, de ahí que deben contar con implementos de protección para evitar o disminuir el riesgo. 

“Un personal sanitario protegido y respaldado es indispensable para proporcionar servicios de salud eficaces, sobre todo en situaciones de emergencia”, resolvió el juzgador.

No obstante, el nivel de protección deberá darse de acuerdo con la función y la frecuencia de exposición del personal médico a los contagios.

Julio César Ortiz Mendoza, titular del Juzgado Octavo de Distrito de Quintana Roo, al resolver el definitiva el amparo 406/2020, expuso que en el marco normativo nacional e internacional suscrito por México “resulta inadmisible que los trabajadores dentro del sector salud pongan en peligro sus vidas indebidamente en el ejercicio de su función, ya que ello no solo repercute en la esfera jurídica del personal, sino de la población en general que requiere de una atención y servicios médicos de calidad”.

La resolución judicial se dio como respuesta al reclamo que interpusieron 29 trabajadores de la Clínica Hospital del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) de Cancún, que denunciaron (16 de junio de 2020) la omisión de las autoridades por obligarlos a laborar sin estar provistos del equipo adecuado y suficiente para evitar contagios del Covid-19, lo cual puso en peligro sus vidas.

Al concluir el estudio de fondo del caso (medio año después de presentarse), el juez federal resaltó que el trabajo del personal de la salud debe ser reconocido por su importancia en el contexto de la pandemia y porque brinda atención médica a la población.

“Para el suscrito, derivado del cumplimiento de la suspensión de plano otorgada en el juicio de amparo en que se actúa, se haya obligado las autoridades a entregar el equipo de protección personal  durante la substanciación de la secuela procesal, ya que tal circunstancia tuvo por objeto salvaguardar los derechos fundamentales de los gobernados y con ello preservar la materia de la litis”.

El juez recordó que al haber quedado acreditado que la directora de la Clínica Hospital Cancún del ISSSTE, omitió entregar el equipo de protección necesario para el ejercicio de su labor se impidió dar certeza a los trabajadores de la salud, que les permitiera desempeñar su labor en términos razonables de seguridad y calidad, lo que fue violatorio de los artículos primero y cuarto constitucionales, relacionados con el numeral 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 

La falta de entrega de equipo de protección, insistió el juez, constituye una violación al marco legal por los actos de omisión de una autoridad, que impactan en una atención adecuada a pacientes contagiados o con sospecha de padecer SARS-CoV2. La resolución obligó a la directora de la Clínica Hospital del ISSSTE en Cancún a cumplir a finales de 2020 con la entrega del equipo de protección de manera semanal, de acuerdo con las funciones y lugares de trabajo de cada uno de los 29 quejosos asignados al combate del coronavirus que pelearon e hicieron valer su derecho ante tribunales.

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