Conoce los nuevos cambios fiscales para 2022

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Conoce los nuevos cambios fiscales para 2022
  • Desde el RFC obligatorio para mayores de 18 años, cambios en facturas y el Régimen Simplificado de Confianza, conoce los cambios fiscales.
IGNACIO CALVA

CANCÚN, Q. ROO.- Como parte de la miscelánea fiscal 2022, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) planteó una serie de cambios fiscales para personas físicas y morales, con la finalidad de fortalecer la recaudación, mejorar la administración tributaria y combatir la evasión, elusión y corrupción.

REGISTRO DE JÓVENES DE 18 AÑOS

En primer lugar, está la entrada en vigor del registro obligatorio para todos los ciudadanos mexicanos mayores de 18 años al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con lo que se pretende que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) cuente con una base de datos de todos los contribuyentes, tanto los existentes como los futuros.

Por el momento, el SAT no impondrá sanciones o multas a los jóvenes de 18 años que no se inscriban, mientras que realicen alguna actividad económica, en tanto se normaliza el registro para los jóvenes que cumplan 18 años o los que aún no se han registrado.

Asimismo, el alta en el RFC y obtención de su e.firma no implica una obligación a pagar contribuciones o presentar declaraciones mientras no realicen actividades económicas. En caso de que su identidad haya sido utilizada por una empresa previo a su registro, los jóvenes recibirán una alerta a sus medios de contacto registrados al dar de alta.

Cabe considerar que a partir de 2022, el registro para el RFC debe realizarse de forma presencial en las oficinas del SAT, realizando primero un preregistro en https://www.sat.gob.mx/tramites/82714/realiza-tu-inscripcion-en-el-rfc-persona-fisica

DESAPARECE EL RIF, INICIA RESICO

A partir del 1 de enero, la SHCP desaparece el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para sustituirlo con el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), si bien las personas previamente registradas en el RIF podrán seguir tributando bajo este esquema por los 10 años correspondientes al régimen o cambiar al nuevo RESICO.

Entre los principales cambios entre ambos regímenes, RESICO amplía la base de posibles contribuyentes que pueden integrarse, incluyendo personas físicas con ingresos anuales hasta 3.5 millones de pesos (mdp) y personas morales con ingresos hasta 35 mdp, con los que se espera un incremento entre 15% y 30% a los contribuyentes.

Además, incluye personas físicas dedicadas a actividades empresariales, prestación de servicios o quienes otorguen el uso o goce temporal de bienes. Es decir, para micro, pequeños y medianos empresarios; personas laborando por honorarios; y para quienes se dediquen a la renta de bienes inmuebles.

En este sentido, el pago del Impuesto Sobre la Renta para las personas integradas a este régimen será una tasa mínima, que va desde el 1% sobre ingresos hasta 300 mil esos anuales, hasta 2.5% sobre ingresos entre 2.5 y 3.5 mdp.

CAMBIOS EN FACTURAS

Finalmente, la SHCP también anunció un cambio en las facturas emitidas, que ahora incluyen el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor; campos para identificar exportación de mercancías; folio fiscal de documentos relacionados con la expedición; e identificar si las operaciones son objeto de impuestos indirectos.

Además, si no se cumplen con estos registros y complementos correspondientes, el contribuyente será acreedor a una multa entre 400 a 600 pesos por cada factura mal emitida, o del 5 al 10% del monto de la factura si se cancela fuera de tiempo. Si el contribuyente está en la lista negra del SAT, la sanción puede llegar a ser del 55 al 75% del monto total.

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