Retira Registro Civil el certificado médico detallado; cumple con la Corte

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  • Desde este miércoles, el Registro Civil del municipio eliminó el requisito de presentar un certificado médico detallado para contraer matrimonio.
OMAR ROMERO

CANCÚN, Q. ROO.- Desde este miércoles, el Registro Civil del municipio eliminó el requisito de presentar un certificado médico detallado para contraer matrimonio.  

Esta medida acata la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional parte del artículo 682, fracción II, del Código Civil del estado. 

Eduardo Kuyoc Rodríguez, coordinador del Registro Civil, afirmó que ya no serán necesarios los análisis clínicos de laboratorio.  

A partir de ahora, las parejas deberán presentar únicamente una constancia médica que avale que los contrayentes no padezcan alguna enfermedad. 

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“Con esta resolución, ya eliminamos dentro de los requisitos para contraer matrimonio los análisis de laboratorio como tal y lo único que vamos a estar solicitando es presentar el certificado médico”. 

Aclaró que, hasta ahora, esta medida no era discrecional, sino un mandato legal dictado por el Código Civil.  

Aunque generó inconformidad -lo que motivó la resolución de la SCJN-, en el municipio no se presentaron incidentes relacionados. 

El funcionario explicó que se actualizaron los carteles informativos del Registro Civil para que las parejas estén al tanto de la eliminación de este requisito, que implicaba un costo adicional para los contrayentes. 

Hay que recordar que, el 24 de junio de 2025, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó varias disposiciones del Código Civil de Quintana Roo, entre ellas el artículo 682, fracción II.

“Exigían a los contrayentes revelar información médica detallada, incluidas enfermedades crónicas, hereditarias o contagiosas, al considerar que violaban derechos de igualdad, no discriminación y privacidad”. 

La Suprema Corte también determinó que el Congreso estatal no consultó a personas con discapacidad antes de aprobar las reformas, lo que constituyó una omisión inconstitucional. 

El Máximo Tribunal señaló que condicionar el matrimonio a la entrega de datos médicos sensibles imponía una carga desproporcionada y estigmatizaba a ciertos grupos y transformaba un trámite administrativo en un filtro discriminatorio. 

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