Rechaza la Corte reducir pena a un feminicida de Michoacán

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó que el derecho a la reinserción social sea un elemento para atenuar las penas.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó que el derecho a la reinserción social sea un elemento para atenuar las penas.

Por unanimidad, los ministros rechazaron la reducción de 50 a 42 años de la pena a un feminicida, que alegó con éxito ante la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán su derecho a la reinserción social.

Diego Urik Mañón Melgoza violó y asesinó en septiembre de 2020 a una maestra de 21 años, en un fraccionamiento de Morelia. Le ocasionó diversas lesiones en el cuerpo, principalmente en la cabeza y el rostro, y trasladó y abandonó el cuerpo en un lugar boscoso, según el expediente.

Un juez lo condenó en febrero de 2023 a 50 años de prisión por feminicidio, pero el homicida apeló que por su edad tenía derecho a la reinserción social con una pena menor.

La Sala Penal le redujo la condena con el argumento de que tenía 18 años al momento de cometer el delito y debía tomarse en cuenta al momento de individualizar la sanción.

Los familiares de la víctima se ampararon contra la resolución, pero sus argumentos fueron rechazados por un Tribunal Colegiado, por lo que el caso llegó a la Corte.

“La reinserción social no es un factor que las y los juzgadores deben atender a efecto de individualizar la sanción penal, lo que incluye la determinación del grado de culpabilidad.

“Con base en lo anterior, se estima erróneo que el Tribunal Colegiado avalara que el derecho a la reinserción social se considera como un parámetro objetivo para individualizar la pena de prisión impuesta”, indicó la ponencia de la ministra Loretta Ortiz en el Amparo Directo en Revisión 4872/2024.

“Cuando el Tribunal tiene ante sí la trascendente tarea de juzgar un caso de feminicidio, es necesario emplear una perspectiva de género para resolverlo. (…) No se trata sólo de un expediente de una causa penal más, todo lo contrario, en esta sentencia las personas juzgadoras en lo individual y los tribunales, en lo institucional, debemos hablar en nombre de cientos de miles de mujeres que todos los días son violentadas, vejadas y discriminadas”, agregó la ministra Yasmín Esquivel.

Los ministros revocaron la sentencia y ordenaron al Tribunal Colegiado que, a su vez, ordene a la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán que emita una nueva sin considerar la reinserción social.

*Con información de Agencia Reforma

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