Avala Corte al SAT en caso Elektra

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  • Pierde Grupo Salinas último juicio relacionado con el antiguo régimen de consolidación fiscal ante el máximo tribunal del país.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación cerró el último de los juicios promovidos por empresas del Grupo Salinas relacionados con el antiguo régimen de consolidación fiscal, y lo hizo con una decisión que marca un criterio claro: el SAT sí puede revisar y sancionar directamente a las empresas “controladas” dentro de un grupo, aun cuando exista una empresa “controladora” que concentra las obligaciones fiscales del conglomerado.

El caso surgió a partir de una multa impuesta por el SAT en 2018 a Elektra del Milenio, una de las empresas controladas de Grupo Elektra, por haber declarado una pérdida mayor a la real en el ejercicio de 2012.

La compañía impugnó la sanción y un tribunal federal le concedió el amparo al considerar que el SAT solo podía revisar a la empresa controladora, no a las controladas. Esa conclusión se apoyó en una jurisprudencia previa relacionada con el cálculo del impuesto consolidado, más no con las facultades de fiscalización.

Al atraer el asunto, la Suprema Corte revisó el criterio del tribunal y determinó que éste interpretó equivocadamente la jurisprudencia, pues nunca estableció una prohibición para que la autoridad revisara a las empresas controladas.

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Las ministras y ministros que respaldaron el proyecto señalaron que la ley no contiene ninguna excepción que impida al SAT verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales individuales de cada empresa.

Explicaron que, aunque en el régimen de consolidación la empresa controladora presenta una declaración conjunta, cada empresa del grupo determina su propio resultado fiscal y puede ser revisada directamente por la autoridad.

Los ministros que votaron en contra argumentaron que el caso no presentaba un tema constitucional, sino únicamente cuestiones de interpretación de ley, por lo que la Corte no debió intervenir. También cuestionaron un párrafo del proyecto que sugería que la autoridad había planteado argumentos de inconstitucionalidad, lo que fue corregido durante la sesión.

Con seis votos contra tres, la mayoría resolvió que el SAT actuó conforme a derecho al fiscalizar y sancionar a la empresa controlada. La Corte revocó la sentencia del tribunal que había otorgado el amparo y ordenó que se emita una nueva resolución siguiendo el criterio del máximo tribunal.

De esta manera, la Suprema Corte concluyó la serie de juicios relacionados con empresas de Grupo Salinas bajo el régimen de consolidación fiscal, reafirmando que ninguna empresa del grupo queda fuera del alcance de la autoridad hacendaria cuando se trata de revisar el cumplimiento de obligaciones fiscales individuales.

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