Quieren sancionar con severidad a quien interponga falsas querellas

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  • El Congreso del Estado analiza una iniciativa de reforma al Código Penal para sancionar con penas de dos a siete años de prisión y de 100 a 300 días de multa a quien interponga denuncias o querellas falsas, práctica utilizada como medida de coacción en litigios laborales, familiares y civiles.
EUGENIO PACHECO

CHETUMAL, Q. ROO.- El Congreso del Estado analiza una iniciativa de reforma al Código Penal para sancionar con penas de dos a siete años de prisión y de 100 a 300 días de multa a quien interponga denuncias o querellas falsas, práctica utilizada como medida de coacción en litigios laborales, familiares y civiles.

La propuesta, promovida por el diputado Hugo Alday Nieto, busca modificar el artículo 224 y adicionar el artículo 224 Bis del ordenamiento penal vigente, en el cual la sanción actual contempla penas de seis meses a dos años de cárcel y de 10 a 60 días de multa, lo que impide la aplicación efectiva de penas privativas de la libertad que puedan disuadir las denuncias falsas

De acuerdo con el legislador, la iniciativa responde a la detección de malas prácticas por parte de despachos jurídicos que fabrican carpetas de investigación, principalmente por el delito de robo, contra trabajadores, con el objetivo de presionarlos para que firmen renuncias voluntarias y evitar el pago de indemnizaciones correspondientes por ley.

La reforma fundamenta que las denuncias sin sustento, aunque no tienen una estadística relevante propia, generan impactos institucionales y sociales como la movilización del aparato administrativo y los recursos de la Fiscalía General del Estado, distrayendo la atención de delitos de mayor gravedad.

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Afecta los ingresos de los trabajadores afectados y generan desconfianza ciudadana hacia los órganos de procuración de justicia ante la impunidad con la que operan los denunciantes falsos.

La propuesta cuenta con el respaldo de la Barra de Abogados, la Comisión de Derechos Humanos del Estado y representaciones sindicales como la Confederación de Trabajadores de México (CTM), y se encuentra actualmente bajo dictamen en las comisiones del Poder Legislativo local.

La adición del artículo 224 Bis establece un régimen sancionador severo cuando la conducta sea cometida por autoridades o funcionarios, en esos casos las sanciones de prisión se duplicarán cuando el delito sea cometido por una persona servidora pública.

Se impondrá la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión pública hasta por el doble del tiempo de la pena de prisión impuesta.

Quedarán exentos los servidores públicos que interpongan denuncias en el ejercicio de sus funciones y en representación formal de un ente público.

Con esta modificación, la legislación de Quintana Roo busca homologar sus marcos normativos con la media nacional y el Código Penal Federal, alineándose con entidades como Yucatán, Chiapas y Chihuahua, que contemplan castigos de hasta ocho años de cárcel para este delito.

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