Ordenan subsanar omisiones en favor de personas con discapacidad

Fecha:

  • El Pleno de la Suprema Corte determinó que el Congreso de Quintana Roo incurrió en una omisión al no garantizar la participación política de estos grupos históricamente excluidos y ordenó corregirla.
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- El Congreso de Quintana Roo debe corregir la omisión en que incurrió al excluir de la Constitución a las personas con discapacidad para acceder a candidaturas a cargos de elección popular, concluyó el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 78/2026, promovida por el partido Movimiento Ciudadano  contra el Decreto 257. 

A este fallo llegó el Pleno con la mínima diferencia de cinco votos a favor y cuatro en contra luego de un largo y acalorado debate sobre si es válido ordenar la reparación de una omisión legislativa con una ‘mayoría simple’ y no una ‘mayoría calificada’ (de seis votos) como lo establece la propia Constitución para los casos de la invalidez de una norma general.

El bloque de ministros que votó en favor, argumentó que en este caso no se trataba de la invalidez una norma ni se ordenaba al Congreso de Quintana Roo crear una nueva norma, sino simplemente se le estaba pidiendo, respetando su libertad configurativa, hacer la corrección pertinente para establecer ‘medidas afirmativas’ que garanticen, en condiciones materiales de igualdad, la participación política de las personas con discapacidad, que en el caso de la entidad supera los 270 mil habitantes.

En respuesta, el bloque contrario argumentó que la Suprema Corte no puede arrogarse facultades legislativas que la propia Constitución tiene reservadas para los Congresos. En su oportunidad, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz dijo que la discusión había llegado a este nivel debido a que no existe un mandato expreso de cómo el máximo tribunal debe superar la falta de una ‘mayoría calificada’ ante el caso específico de una omisión legislativa.

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Dejar vigente tal omisión representaría desproteger los derechos político electorales de las personas con discapacidad. Al final, ninguno de los bloques cedió en su postura y se impuso la ‘minoría simple’. En consecuencia, la Corte vinculó al Congreso de Quintana Roo para que, previa consulta a las personas con discapacidad, emita la legislación necesaria para subsanar esa omisión, misma que deberá entrar en vigor, a más tardar, antes del inicio del periodo de veda legislativa electoral correspondiente al proceso local de 2030.

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