El Senado impugna acuerdo del INE sobre candidaturas

Fecha:

  • El Senado impugnó la resolución del INE sobre cancelación de candidaturas.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- El Senado impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo del INE en el que se establece cancelar las candidaturas al Poder Judicial de quienes sean prófugos de la justicia, estén suspendidos de sus derechos políticos, tengan sentencia por violencia de género o sean deudores alimentarios.

Humberto Acosta Olivar, titular de la Dirección de lo Contencioso del Senado, presentó la impugnación en la que sostiene que los tiempos para determinar la idoneidad de los perfiles ya culminaron.

“El acuerdo que hoy se impugna se debe de dejar sin efectos y la autoridad administrativa electoral deberá esperar al momento procesal oportuno para una posible confirmación de la idoneidad de las candidaturas”, indica el documento fechado el 27 de abril pasado.

El Senado recalcó que la Sala Superior estableció que, una vez cumplidas las etapas de valoración de idoneidad y de insaculación de los aspirantes, no será factible repetir dichos procedimientos.

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“La misma Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Electoral del Poder Judicial de la Federación ha reconocido que no se puede ordenar a los Comités de Evaluación regresar a una etapa que ya culminó”, subraya el oficio.

Acosta Olivar argumentó que el Instituto Nacional Electoral (INE) pretende “prohibir a la Cámara Alta y a los 128 integrantes de su Pleno como garantes de la protección de derechos humanos el dotar a la población de la oportunidad de tener un verdadero acceso a la justicia con nuevos integrantes al Poder Judicial de la Federación”.

Durante una sesión del INE del pasado 24 de abril, los consejeros avalaron por mayoría de votos un acuerdo en el que se establecía que los aspirantes que estén en desacato del artículo 38 constitucional no podrá concursar en el proceso electoral del próximo 1 de junio.

Dicho documento descarta las candidaturas de quienes sean considerados prófugos de la justicia, deudores alimenticios, vinculados a delitos sexuales o señalados por violencia política contra las mujeres en razón de género.

“En los supuestos de estas fracciones, la persona es suspendida en sus derechos políticos y en consecuencia no puede ser registrada a una candidatura para contender por un cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”, señaló el INE.

*Con información de Agencia Reforma

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