- La Suprema Corte de Justicia admitió hoy a trámite la primera impugnación contra la elección de magistrados.
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia admitió hoy a trámite la primera impugnación contra la elección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La presidenta Norma Piña aceptó el juicio de inconformidad promovido por Iván Bravo Olivas, y lo turnó al Ministro Jorge Pardo, quien deberá presentar a la brevedad un proyecto de sentencia al Pleno de la Corte.
Es la primera vez que la Corte tramita una impugnación contra los resultados de una elección, pues desde 1996, esa función ha estado reservada en exclusiva al propio TEPJF.
Sin embargo, se trata de un recurso que presenta varias peculiaridades, y que difícilmente permitirá a la Corte hacer un pronunciamiento sobre la validez del proceso.
Bravo Olivas, secretario en una Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Durango, no fue candidato a la elección de la Sala Superior del TEPJF.
En su escrito, se ostenta como “ex aspirante a Magistrado de Circuito del Vigésimo Circuito”, en Durango, pero tampoco fue candidato en dicha elección.
La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral indica que sólo los “candidatos” pueden promover el juicio de inconformidad en las elecciones judiciales.
Según el acuerdo de la Corte, Bravo impugna el cómputo de votos para la Sala Superior del TEPJF en un distrito de Durango, y pide anular la elección, pero sólo en dicha entidad.
La elección de Sala Superior del TEPJF fue nacional, por lo que no parece posible que la Corte sólo declare que fue nula en una sola entidad, sino que, en todo caso, podría anular casillas específicas y hacer un nuevo cómputo.
Estos temas tendrán que ser abordados en el proyecto del Ministro Pardo.
La Corte ya registró otra impugnación contra la elección de la Sala Superior, promovida por la asociación civil Poder Ciudadano, pero no ha notificado el auto de admisión.
La decisión de Morena de someter al TEPJF a voto popular obligó a asignarle a la Corte la revisión de estas impugnaciones, pues de otro modo, la Sala Superior estaría calificando la elección de sus propios integrantes.
En cuanto a las Salas Regionales del TEPJF, la Constitución ordena que la Corte resuelva todas las impugnaciones sobe “magistraturas electorales”, pero en la ley secundaria, sólo se le permite revisar juicios contra la elección de la Sala Superior.
Los candidatos derrotados a las elecciones de Ministros de la Corte y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) también podrán pedir la nulidad absoluta del proceso, pero sus recursos los resolverá la Sala Superior del TEPJF, controlada por una mayoría que ha defendido esta elección a ultranza.