- Durante décadas, el sistema de justicia penal en México ha cargado con un lastre doloroso: la fabricación de delitos y la condena de personas inocentes.
FELIPE VILLA
CIUDAD DE MÉXICO.- Durante décadas, el sistema de justicia penal en México ha cargado con un lastre doloroso: la fabricación de delitos y la condena de personas inocentes. Historias espeluznantes de tortura, pruebas alteradas y decisiones judiciales infundadas se han convertido en una constante.
Ante esta realidad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un paso significativo al emitir lineamientos para reclamar indemnización por errores judiciales, reconociendo que el Estado ha fallado al permitir que jueces y magistrados, actuando con dolo, negligencia o ignorancia, encarcelen a personas inocentes.
De acuerdo con la resolución del amparo directo 35/2022, la SCJN determinó que sólo podrá solicitarse indemnización cuando haya existido una sentencia firme en la que se demuestre un error judicial causado por mala fe o incompetencia.
Esta acción, aunque dirigida contra el Estado y no contra los jueces directamente, abre una vía civil para quienes han sido víctimas de una injusticia judicial, permitiendo incluso reclamar daños morales derivados de una condena errónea.
Paradójicamente, los jueces responsables quedan blindados por el principio de independencia judicial, aunque podrían enfrentar procesos disciplinarios si la indemnización es concedida.
La fabricación de culpables y los errores judiciales no son hechos aislados en México; son síntomas de un sistema que, por años, ha preferido castigar sin pruebas antes que admitir fallas en sus procesos. La resolución de la Primera Sala llega en un contexto marcado por historias que estremecen.
En el polémico caso Wallace, Juana Hilda González fue condenada por secuestro y asesinato basándose en una confesión obtenida mediante tortura. Pasó años en prisión hasta que recientemente la SCJN determinó que las pruebas eran inválidas y ordenó su liberación. Brenda Quevedo, su coacusada, sigue en arresto domiciliario. Otro ejemplo es el documental “Duda Razonable”, que mostró cómo Darwin Morales, Héctor Muñoz, Juan Luis López y Gonzalo García fueron encarcelados sin pruebas concluyentes: la víctima no los reconoció y la evidencia era endeble. Pese a ello, pasaron tres años tras las rejas antes de ser exonerados.
Los errores del sistema judicial no se limitan a unos cuantos casos. En 2009, la SCJN liberó a 26 indígenas implicados en la masacre de Acteal, al determinar que la Fiscalía fabricó pruebas. En 2010, Ignacio del Valle y otros 11 activistas del movimiento de Atenco fueron absueltos por falta de pruebas válidas. Y más recientemente, Alejandra Cuevas pasó más de un año en prisión por una acusación sin sustento sólido, hasta que la Corte declaró su inocencia. Todas estas historias comparten un denominador común: una justicia que castiga primero y corrige después.
Giro en juicios de Reconocimiento de Inocencia
A la par de los lineamientos sobre indemnización, la Suprema Corte ha delineado también una metodología para los juicios de “Reconocimiento de Inocencia”, figura prevista en el artículo 486 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Esta herramienta, hasta ahora poco explorada, ofrece una salida legal a quienes, tras ser condenados, logran demostrar mediante nuevas pruebas que jamás debieron haber pisado la cárcel.
También en reciente resolución (amparo en revisión 770/2024), la Primera Sala detalló que esta figura procede cuando una sentencia posterior —firme e irrevocable— invalida las pruebas que sirvieron de base para la condena. En tales casos, los jueces deben abstenerse de revisar lo ya resuelto en dicha sentencia y limitarse a evaluar si las pruebas restantes bastan para sostener la responsabilidad penal.
Este método impide que se revaloren pruebas desechadas por ilegales, ofreciendo así una verdadera posibilidad de justicia para los exonerados.
En suma, la Suprema Corte ha empezado a abrir la puerta para corregir los abusos históricos del sistema judicial, pero lo hace desde una lógica que sigue protegiendo a los jueces del escrutinio directo. Mientras tanto, el mensaje es claro: la justicia que condena inocentes debe ser reparada, aunque sea tarde y con reservas.