El Libramiento Noroeste está desbordado por el tráfico

Fecha:

  • El Libramiento Noroeste está desbordado por el tráfico, al grado de que cualquier accidente colapsa la carretera.
STAFF / AR

MONTERREY, NL.- El Libramiento Noroeste está desbordado por el tráfico, al grado de que cualquier accidente colapsa la carretera, como ocurrió ayer cuando un percance fatal provocó filas de tráileres y autos particulares que se extendieron a lo largo de unos 27 kilómetros.

El choque entre dos tráileres, que dejó como saldo una persona muerta y otra lesionada, fue reportado a las 05:56 horas en el kilómetro 2, en García, y provocó el atorón en dirección a Saltillo durante aproximadamente 11 horas.

Pero incluso sin percances, los congestionamientos son comunes en el Libramiento Noroeste, que va desde la Carretera Libre a Saltillo hasta la Carretera a Nuevo Laredo, a lo largo de 35 kilómetros.

Diariamente, el Libramiento es saturado por el transporte pesado, que le saca la vuelta a las altas tarifas del Anillo Periférico, y también por miles de conductores de vehículos particulares que lo usan para el tránsito local.

En el 2004, el Libramiento fue ampliado de uno a dos carriles por sentido, y desde ese año hasta el 2023 -que son los datos oficiales más recientes- el tráfico creció en esa carretera en casi un 400 por ciento.

De acuerdo con el tránsito diario promedio anual informado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), en el 2004 el aforo por día en el Libramiento era de 9 mil 380 unidades, y en el 2023 fue de 45 mil 214, tomando en cuenta los tramos con mayor carga.

Con la misión principal de evitar que el tránsito pesado ingrese a la Ciudad, la carretera enfrenta también una alta carga por el tránsito local, pues la mancha urbana se ha extendido a las orillas de la carretera, que es usada como una avenida urbana, con constantes entradas y salidas de colonias y zonas industriales.

De hecho, en la mayoría de los tramos con aforos registrados por la  SICT, la mayor carga es por parte de autos particulares.

El reporte de la SICT indica que en el 2023 el tramo con mayor aforo de transporte de carga fue el entronque del Libramiento con la Carretera libre a Saltillo, en donde los tráileres representaron el 48.8 por ciento del tráfico, y los autos particulares el 48.1 por ciento.

Pero en un tramo en Apodaca, el Libramiento reportó un 92.2 por ciento de autos y sólo un 7.3 por ciento de tráileres.

Y mientras tanto, el Anillo Periférico registra un aforo mucho menor, ya que según los datos de la SICT, en el 2023 el tráfico diario promedio fue de 11 mil 163 vehículos en el tramo con mayor carga, un 75 por ciento menos que en el Libramiento.

Los altos cobros en el Periférico provocan que sea una vía menos utilizada que el Libramiento.

Ayer, por el accidente registrado, el Libramiento fue cerrado por completo por los trabajos de limpieza y retiro de los vehículos, lo que dejó varados por horas a los conductores.

Al mediodía, el tráfico empezó a ser desviado a la altura de la Avenida Lincoln, rumbo al Anillo Periférico de cuota y hacia el interior del municipio de García, y hacia las 16:00 horas se liberó la vialidad.

Guardar esta Publicación

Compartir:

Suscríbete

Lo + Popular

Más como esto
Relacionado

Derriba Corte filtro nativista para ser juez en Chiapas

Invalida Pleno la obligación de ser ‘chiapaneco o chiapaneca’ para ocupar cargos en el Tribunal de Justicia Administrativa del estado. 

Fortalece SCJN voz de niñas y niños en Parlamento legislativo 

Fortalece SCJN voz de niñas y niños en Parlamento legislativo Declaran inconstitucional impedimento a menores a participar en Parlamento para la Inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad STAFF/ LUCES DEL SIGLO CIUDAD DE MÉXICO.- Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación borró del mapa jurídico de Quintana Roo el impedimento legal que impedía a los menores de edad participar de forma directa en el Parlamento para la Inclusión a niñas, niños y adolescentes con discapacidad. Tal impedimento fue declarado inconstitucional y era parte de la redacción del artículo 51 Quinquies de la Ley para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, que a la letra pedía ‘acreditar ser mayores de dieciocho años de edad….’ para poder participar en dicho Parlamento. Al resolver la acción de Inconstitucionalidad 59/2025, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el máximo tribunal del país determinó que la restricción era absoluta, injustificada y discriminatoria, lo que en términos claros significa que no se puede diseñar un espacio para que las personas con discapacidad expresen sus necesidades y, al mismo tiempo, excluir a quienes, por edad y condición, enfrentan mayores barreras para hacerlo. Las niñas, niños y adolescentes (NNA) —subrayó el Pleno— no son objetos de tutela permanente sino titulares de derechos, con voz propia. El Parlamento para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en Quintana Roo es un mecanismo de participación creado en el ámbito del Congreso del Estado de Quintana Roo y su propósito es abrir un canal directo entre personas con discapacidad y el Poder Legislativo estatal. A través de convocatorias públicas, los interesados en participar pueden exponer propuestas, plantear problemáticas y sugerir reformas o políticas públicas en materias como accesibilidad, educación inclusiva, salud, empleo, movilidad y ajustes razonables en los servicios públicos. En la práctica, el Parlamento funciona como un foro deliberativo: las y los participantes presentan iniciativas o posicionamientos, dialogan con diputadas y diputados y dejan constancia de sus planteamientos para que sean considerados en el trabajo legislativo. Es, en esencia, un espacio de incidencia ciudadana institucionalizado. Sin embargo, hasta ahora, ese espacio estaba reservado a mayores de edad. La norma partía de una lógica aparentemente administrativa —“ordenar” la participación—, pero en los hechos cancelaba cualquier posibilidad de intervención de menores con discapacidad. La SCJN consideró que esa exclusión automática violaba el principio de igualdad y no discriminación, así como el interés superior de la niñez. El Pleno recordó que tanto la Constitución mexicana como los tratados internacionales obligan al Estado a garantizar la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en la vida pública. Esa obligación es aún más exigente cuando se trata de NNA. El estándar no es prohibir por sistema, coincidieron los ministros, sino generar condiciones para que puedan intervenir conforme a su edad y grado de madurez. En ese sentido, la Corte aclaró que en lugar de imponer vetos absolutos basados únicamente en la edad, las autoridades deben implementar ajustes razonables y apoyos específicos, lo cual implica formatos accesibles, lenguaje claro, intérpretes, acompañamiento adulto cuando sea necesario y entornos seguros que permitan la expresión libre. A partir de la notificación de la sentencia, el Congreso de Quintana Roo deberá modificar la legislación y ajustar las convocatorias del Parlamento, bajo la exigencia de rediseñar procedimientos para asegurar que niñas, niños y adolescentes con discapacidad puedan intervenir en condiciones reales de accesibilidad y seguridad. El impacto de la resolución trasciende el ámbito estatal, con efectos generales a nivel federal.

Martes 17 de febrero del 2026

Martes 17 de febrero del 2026

La ‘Confusión’ de Harfuch: Cuando el dato mata al relato

Rodolfo El Negro Montes El estruendo de las botas mineras...

Continuar leyendo ...
Relacionado