Armonizan leyes del poder judicial estatal con la reforma federal

Fecha:

  • Diputados aprobaron la expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Quintana Roo y cambios a la legislación de la Universidad Judicial; modificaron también, la Ley del Notariado del estado.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CHETUMAL, Q. ROO.- El Congreso de Quintana Roo aprobó la expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado, y cambios a la Ley Orgánica de la Universidad Judicial, como parte de la armonización normativa con las reformas judiciales del ámbito federal.

En el Séptimo Periodo Extraordinario de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Alexa Murguía Tujillo, resaltó que las modificaciones aprobadas contribuyen al fortalecimiento del marco jurídico en beneficio de las y los quintanarroenses.

Los cambios se dieron en cumplimiento al plazo asignado de 180 días a los congresos de los estados, para adecuar sus constituciones y legislación secundaria.

Al poder judicial estatal se le ajustó normativamente para formular un proyecto de presupuesto de egresos, y a la Universidad Judicial se le reconfiguró como un órgano con autonomía técnica y de gestión, con lo cual se busca un mejor desarrollo y la mejora continua en la impartición de justicia.

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A la sesión legislativa asistieron como invitados el titular de la Unidad de Seguimiento del Consejo de la Judicatura, Juan Carlos Roberto Chuc, y la titular de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura, Karla Rocío Osorio Martínez.

Y con el objetivo de brindar también una mayor certeza jurídica a quienes realizan trámites ante los notarios públicos del estado, se reformaron, derogaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley del Notariado de Quintana Roo.

Con las modificaciones jurídicas se busca dar certeza jurídica a las personas que realizan trámites ante los fedatarios que, por causas ajenas a ellos, sus actos se detienen y no avanzan porque el notario titular ha dejado de serlo.

El objetivo es contribuir a la creación de marcos jurídicos modernos que atiendan a la realidad social, política y económica del estado, ya que la función notarial contribuye al desarrollo económico del estado, como ocurre con la compra-venta de propiedades inmobiliarias.

La cuestión, se dijo, es que no había disposición que contemple la falta de un notario titular o auxiliar definitivo por su muerte o renuncia del titular, y debían distinguirse los supuestos de las ausencias definitivas.

La aprobación de ambos dictámenes en lo general y particular se dio por mayoría de 18 votos a favor y 3 en contra de los legisladores.

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