- En una decisión histórica, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la resolución del INAI que obliga a la Presidencia de la República a entregar 15 oficios firmados en 2021 por el secretario particular del presidente, relacionados con adscripciones de almirantes y vicealmirantes.
FELIPE VILLA
CIUDAD DE MÉXICO.- En una decisión histórica, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que obliga a la Presidencia de la República a entregar 15 oficios firmados en 2021 por el secretario particular del presidente, relacionados con adscripciones de almirantes y vicealmirantes, así como procesos de capacitación y adiestramiento en la Secretaría de Marina (Semar).
El fallo, resuelto este lunes 22 de septiembre dentro del Recurso de Revisión en materia de Seguridad Nacional 4/2022, marca un precedente de gran alcance: el Poder Ejecutivo no puede convertir la reserva de información en un comodín para sustraer del escrutinio público documentos administrativos de carácter ordinario.
El argumento de “seguridad nacional” —utilizado por la Consejería Jurídica de la Presidencia para impugnar la decisión del INAI— fue desestimado por el Pleno, que consideró que sólo procede cuando existe un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio significativo para el país.
En este caso, la Corte concluyó que los oficios solicitados ya forman parte de información pública o bien no comprometen la seguridad nacional al difundirse. Por ello, los expedientes deberán entregarse sin reservas, reafirmando que el derecho de acceso a la información, consagrado en el artículo 6 de la Constitución y en la Ley General de Transparencia, es un pilar de la rendición de cuentas.
UN MENSAJE A LAS FUERZAS ARMADAS
La resolución es particularmente relevante porque atañe a la Secretaría de Marina, institución que en los últimos años ha adquirido un rol central en funciones de seguridad, infraestructura y administración pública.
Al ordenar la entrega de los documentos, la Corte sostiene que las Fuerzas Armadas, en su carácter de autoridades públicas, no están exentas de rendir cuentas.
El criterio marca un límite claro: la seguridad nacional no puede ser un paraguas bajo el cual se oculten actos de gestión interna, movimientos de personal o procesos de adiestramiento. La transparencia, en cambio, debe prevalecer como garantía de control democrático frente al poder militar.