- La Ministra María Estela Ríos admitió a trámite el viernes pasado dos recursos que buscan invalidar la reforma de septiembre pasado a la Ley de Expropiación del estado de Campeche.
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Ministra María Estela Ríos admitió a trámite el viernes pasado dos recursos que buscan invalidar la reforma de septiembre pasado a la Ley de Expropiación del estado de Campeche.
Las acciones fueron promovidas por diputados de oposición en el Congreso estatal, que piden anular todo el decreto, y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que sólo objetó dos porciones específicas.
La admisión de estas acciones no suspende la vigencia de la ley. La Suprema Corte de Justicia no tiene plazo para resolver, y será necesario el voto de al menos seis de los nueve Ministros y Ministras para invalidar cualquier aspecto.
La gobernadora morenista de Campeche, Layda Sansores San Román, ya utilizó la versión reformada de la ley para iniciar un procedimiento de expropiación de siete hectáreas en una zona residencial; que pertenecen a la madre del dirigente nacional del PRI y ex gobernador de Campeche, Alejandro Moreno Cárdenas, así como a un empresario señalado como su prestanombres.
La Mandataria estatal publicó una declaratoria de utilidad pública para construir en esos predios la Escuela de Salud de la Universidad Rosario Castellanos hace unas semanas.
Esta declaratoria está en proceso de notificación a los afectados para que presenten los argumentos de defensa, en su caso, y el decreto de expropiación sólo podrá ser emitido una vez cumplido el trámite.
Según Sansores, apoyada por la Presidenta Claudia Sheinbaum, la expropiación es una manera más práctica de hacerse con estos terrenos; presuntamente vinculados con recursos de procedencia ilícita, que si se hubiera hecho en un juicio de extinción de dominio que puede tomar varios años.
Sin embargo, con la expropiación, el Gobierno de Campeche, tendrá que indemnizar a los dueños; lo que no sucedería si un juez decreta la extinción.
La CNDH cuestiona la reforma porque establece que la expropiación “no admitirá recurso administrativo alguno”; aunque eso no quiere decir que los afectados no puedan promover otros recursos, como el amparo.
También se pide anular la porción de la ley que indica que la indemnización se calculará con base en el valor previsto en la última transacción.
Esta parte, es la que podría ser más vulnerable, pues la ley federal y la propia Corte han establecido que la indemnización se debe calcular con base en el valor comercial del inmueble en la fecha de la expropiación.
Cabe mencionar que la reforma a la ley de Campeche fue necesaria, porque no se contemplaba el procedimiento de declaratoria previa de utilidad pública, que aplica desde hace 20 años a nivel federal, luego de que la SCJN estableció dar audiencia a los afectados antes de decretar la expropiación.