- La Suprema Corte desarma el Código Hacendario de Tlalixcoyan: ni multas, ni fianzas, ni castigos exprés.
STAFF / LUCES DEL SIGLO
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales diversas disposiciones del Código Hacendario del Municipio de Tlalixcoyan, Veracruz, al concluir que el ayuntamiento rebasó sus facultades al imponer sanciones, requisitos y cobros contrarios a la Constitución.
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 76/2024, promovida por la CNDH, el Pleno invalidó normas que exigían fianzas para acceder a cargos públicos, establecían responsabilidades penales automáticas, imponían inhabilitaciones definitivas, suspendían derechos laborales durante procesos penales y fijaban cobros desproporcionados por impuestos y expedición de copias.
El proyecto, presentado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, sostuvo que los municipios no pueden crear sanciones penales, afectar la presunción de inocencia ni invadir competencias exclusivas del Congreso de la Unión, especialmente en materia penal y tributaria.
Aunque el fallo fue aprobado por unanimidad en lo general, algunas ministras y ministros se apartaron de invalidar ciertos cobros por copias certificadas y de la suspensión laboral durante procesos penales, lo que generó mayorías de ocho votos en puntos específicos.
La Corte determinó que varias disposiciones tendrán efectos retroactivos al 27 de febrero de 2024, mientras que el resto quedará sin efectos tras la notificación al Congreso de Veracruz, reiterando que la autonomía municipal tiene límites constitucionales claros.


