‘La diputada en su paraíso’

Fecha:

Marco Antonio Barrera

Con la ratificación de una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se condenó al caricaturista Francisco ‘Paco’ Navarrete a que, por su trabajo, debe oferecer disculpas en sus redes sociales durante 15 días.

Como parte del castigo, el monero será también inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género, en el cual hay 543 anotaciones de presidentes municipales, regidores, militantes de partidos y comunicadores, como el periodista Héctor de Mauleón

El ingreso de ‘Paco’ Navarrete se dio tras el fallo judicial por una acusación de que supuestamente incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género.

El órgano jurisdiccional ratificó la presunta culpabilidad del artista del dibujo por un cartón satírico, según resolvió.

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La denuncia se generó porque el monero con su trabajo incurrió en supuestas agresiones de tipo simbólico, psicológico, digital y mediático, por separar en sílabas el título de su trabajo en un medio impreso.

Igualmente, porque usó una imagen ya publicada de la aparente víctima y al parecer, según dicen, sexualizó su cuerpo y presuntamente le afectó sus derechos políticos, dignidad e imagen pública. Incluso, habría minimizado sus capacidades y trayectoria. Todo eso hizo una foto.

El responsable de esa retahíla de presuntos agravios quedó plasmado en un cartón donde aparece la legisladora morenista en Jalisco, Itzul Barrera.

Se trata de un dibujo donde aparece la mujer con una blusa de manga larga, con las rodillas recogidas y mostrando las piernas, sentada sobre un sillón de algún material como mimbre.

La imagen lleva como título ‘La diputada en su paraíso’ y remata con la leyenda ‘Itzul Barrera: a gusto con la 4T’.

Se muestra también un diálogo corto: A la legisladora se le atribuye decir “Si Trump quiere poner aranceles que le ponga 70% al aguacate, ¡y se quedan sin aguacates!”.

Un interlocutor desconocido le responde: “¡No reina!, ¡Nos quedamos sin venderlos!”.

Del cartón en cuestión hay dos versiones, una que apareció en la edición impresa del diario Mural y la otra en línea.

La queja provino contra la edición impresa. El supuesto agravio fue una separación de sílabas en el título y que la palabra “diputada” quedó en cuatro renglones, quedando “Diputa-da”.

La legisladora consideró que fue un insulto subliminal a su persona. Además, se afectó sus derechos políticos, dignidad e imagen pública, e incluso minimizó sus capacidades y trayectoria.

El mismo autor del cartón se encargó de explicar en un tuit. “La confusión con la palabra casi prohibida ‘diputada’ se da porque hay dos versiones del mismo cartón, publicadas el mismo día: La edición impresa tiene un espacio más limitado, por lo que la partición silábica se da en automático, siguiendo las reglas de la RAE.

“La que aparece en línea no tiene esa limitante, es más grande y por eso aparece completa. Si hubiera habido intención ‘subliminal’ hubiera parecido partida en las dos versiones. Además, el resultado no elimina la sílaba ‘Di’, por lo que no tiene sentido ese argumento”, sostuvo el monero en su cuenta de X.

Un segundo supuesto agravio reclamado consistió en el uso de una fotografía que en algún momento fue publicada por la legisladora.

Al parecer, el uso de esa imagen sexualizó su cuerpo como una forma de ataque al desviar la crítica a su encargo en el congreso.

La publicación del material gráfico incurrió en sexualización y objetivación de su imagen, aseguró.

Para el autor la explicación es otra: Una foto de archivo en la que la legisladora estaba sentada en una hamaca mostrando las piernas.

Dos apreciaciones sobre el mismo hecho. Son versiones y consideraciones diferentes y opuestas.

Habría que cuestionarse sobre la frontera o lindero entre la libertad de expresión y la supuesta agresión. La razón de lo que para unos es un derecho y para otros es un acto hostil o ataque deliberado.

La respuesta se hace compleja cuando se trata de temas meramente subjetivos.

Para la Real Academia de la Lengua Española (RAE) lo subjetivo es opuesto a lo objetivo. Lo segundo es medible, neutral y válido para todos por igual, lo subjetivo depende de quién lo juzga o experimenta.

Lo subjetivo, sigue diciendo la RAE, es un adjetivo que describe aquello que pertenece, se relaciona o depende del modo de pensar, sentir, percibir o de la conciencia de un individuo en particular, y no de una realidad material o verificable de forma independiente.

En ese mismo tratamiento, entraría entonces la perspectiva individual de las personas, como sus emociones, creencias y gustos. ¿Cómo es posible evaluar eso? No se debe olvidar que la ley que es general, sin dedicatoria.

En fin, lo real y tangible es que el fallo encontró culpa y condenó al artista a disculparse públicamente durante 15 días.

Y dispuso también su inscripción en el registro. El autor, en su red social, consideró que la penalidad lo pone “a la par de verdaderos delincuentes y abusadores”.

Y optó por no opinar más para evitar ser acusado de “revictimización”, dijo.

En las redes sociales el debate ha sido implacable, unos están a favor de la libertad de expresión y condenan que este derecho sólo se permita para aplaudir o cuando se convierte en un privilegio que el mismo poder puede conceder a sus críticos.

Es curioso que ahora se critique con tanta dureza una situación así. Es el mismo reproche que alguna vez hizo la ahora legisladora.

Iztul Barrera escribió en su cuenta de X (entonces Twitter), el 30 de julio de 2021: “La libertad de expresión no puede ser un derecho para aplaudir al poder y un privilegio que el poder concede a sus críticos”.

En aquellos momentos cuando posteó el texto, el gobierno era encabezado por el emecista Enrique Alfaro, y hoy, como diputada, lo sigue siendo de Movimiento Ciudadano, pero con Pablo Lemus,

Ese dardo llevaba veneno, un lustro después regresa como bumerang.

En X: @mabtirado1

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