Multarán con 2.2 millones de pesos por faltas en desapariciones

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  • El gobierno federal propone en reformas que las autoridades que cometan faltas en casos de desapariciones sean sancionadas.
CLAUDIA GUERRERO / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- El gobierno federal propone en reformas que las autoridades que cometan faltas en casos de desapariciones sean sancionadas conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas y además con multas de 10 mil a 20 mil UMAS.

El valor para este año de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) es de 113.14 pesos, por lo cual, una sanción de 20 mil UMAS correspondería a 2 millones 262 mil 800 pesos.

En la mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum, la consejera jurídica de la Presidencia, Ernestina Godoy, detalló el contenido de las reformas y presentó una lámina en la que se lee:

“Las autoridades federales, estatales y municipales y los particulares que incumplan con la obligación de actualizar sus registros serán sancionadas conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas, y además con multas de 10,000 a 20,000 UMA”.

Afirmó que el no cumplimiento de las reformas por parte de las autoridades será motivo de sanciones administrativas.

Las obligaciones son generar y usar sistemas de captura de toda la información necesaria, mantener actualizados los registros y/o bases de datos, habilitar consultas a esos sistemas en tiempo real para que se conecten en la plataforma única de identidad.

Las autoridades a las que aplica son: fiscalías, comisiones de búsqueda, Incifos, cementerios y crematorios, cualquier autoridad o institución pública que integren datos biométricos o identificativos de las personas.

Las principales acciones que se están previendo en estas reformas son: Se crea la plataforma única de identidad; se incorpora la CURP como mecanismo de identidad oficial con fotografía y huellas dactilares con capacidad de consulta en tiempo real.

Se establecen claramente obligaciones y sanciones para los servidores públicos que no cumplan con la generación, la actualización y la compartición de la información cuando se le pide.

Se crea la base nacional de carpetas de investigación de personas desaparecidas y no localizadas.

Es obligatorio alimentar y actualizar el Banco Nacional de Datos Forenses que está cargo de la Fiscalía General de la República (FGR) y por parte de las fiscalía locales y tribunales.

Se obliga a las fiscalías estatales a fortalecer sus capacidades para para tareas de búsqueda de investigación

Se establecen a privados obligación para generar y compartir información útil para la búsqueda de personas, respetando la ley de datos personales

Se fortalece la Comisión Nacional de Búsqueda y el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (Rnpdno), el registro se dividirá entre registros de fiscalías y otros orígenes.

Se crea el Sistema Nacional de Alerta, búsqueda y localización de personas.

La plataforma única de identidad es a partir de la Clave Única del Registro de Población de todas y todos los mexicanos y personas extranjeras que estén domiciliadas, no todas.

Se transmitirán los datos asociados a cada CURP, por parte de todas las autoridades que en sus funciones registran, accedan o recaben información para tareas de búsqueda.

En el caso del INE, deberá permitir consultas en las tareas de investigación, principalmente las autoridades del Gabinete de Seguridad.

Todas las personas en México desde su nacimiento tendrán esta identidad, la CURP, toda autoridad o privado estará obligado a reconocer la CURP como identificación oficial, sea física o digital.

Esto cuando termine de integrarse la base de datos con fotografía y huellas dactilares.

Todos los trámites y registros administrativos realizados por personas físicas, deberán requerir la CURP en los tres niveles de Gobierno, se está poniendo de manera paulatina.

La plataforma de identidad única será la herramienta para la generación de alertas, búsquedas en tiempo real y localización.

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