Abre la Corte expediente por reelección en Tribunal Electoral

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió un expediente que le permitiría aclarar la confusión sobre la posible reelección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) en 2028.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió un expediente que le permitiría aclarar la confusión sobre la posible reelección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) en 2028.

La reforma a la reforma judicial de Morena y sus aliados, publicada el pasado dos de julio, provocó una aparente contradicción con lo aprobado en 2024 sobre este tema.

Por una parte, se modificó el cuarto transitorio de la reforma de septiembre de 2024, para establecer expresamente que magistrados en funciones podrán ser candidatos en la elección de 2028.

Esto beneficiaría a los tres que han ocupado el cargo en Sala Superior desde 2016: Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Reyes Rodríguez.

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Sin embargo, el artículo 99 de la Constitución ordena que “las personas magistradas electorales que integren la Sala Superior durarán en su encargo seis años improrrogables”.

Y no está claro si esa restricción aplica a los tres magistrados mencionados, que ingresaron al Tepjf ocho años antes de esta reforma.

Dos organizaciones civiles pidieron a la Corte aclarar el tema, y el ministro presidente Hugo Aguilar no desechó su solicitud, sino que abrió un expediente de consulta a trámite para que el Pleno determine el rumbo a seguir.

“En caso de que la o el presidente estime dudoso o trascendente algún trámite, designará a una ministra o ministro ponente para que someta un proyecto de resolución a la consideración del Pleno de la Corte el fin da fin de que éste último determine el trámite que deba corresponder”, se lee en el artículo legal aplicado por el presidente Hugo Aguilar.

El ministro determinó que la Corte deberá aclarar si los particulares pueden instar a la Corte para abrir una consulta de este tipo.

Tradicionalmente, solo los órganos del Poder Judicial Federal (PJF) han sido reconocidos para este propósito.

Si se supera este punto, la Corte podría entrar al fondo y aclarar si los tres magistrados en cuestión tienen o no derecho a ser candidatos en 2028.

“Si bien no pasa inadvertido que el Pleno, en diversos precedentes, ha sostenido que no es posible a esta Corte examinar la regularidad de las reformas a la Constitución.

“Se estima pertinente no prejuzgar sobre los alcances del planteamiento que se formula, y reservar al Pleno la valoración de la instancia presentada”, acordó Hugo Aguilar.

El asunto fue turnado a Yasmín Esquivel, para que presente un proyecto sobre la solicitud a la Corte que fue presentada por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico y por el Centro Estrategia Electoral.

Este es uno de varios errores, contradicciones u omisiones que han derivado de la reforma judicial de 2024 y su ajuste de este año. La más grave es la que persiste en los artículos 94 y 97 de la Constitución.

El primero asigna la Presidencia de la Corte cada dos años según los votos obtenidos en la elección judicial, pero el segundo, que inexplicablemente no fue derogado en dos oportunidades, mantiene la elección del presidente por sus colegas para un periodo de cuatro años.

*Con información de Agencia Reforma

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