Niegan a ‘Xenses’ desestimar cateo

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Niegan a Xenses desestimar cateo
  • El Grupo Xcaret no logró desestimar legalmente las pruebas de la FGE de Quintana Roo obtenidas en la consumada orden de cateo a las instalaciones del parque acuático Xenses.
MARCO ANTONIO BARRERA

SOLIDARIDAD, Q. ROO.- El Grupo Xcaret no logró desestimar legalmente las pruebas de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Quintana Roo obtenidas en la consumada orden de cateo a las instalaciones del parque acuático Xenses de la Riviera Maya.

Después de nueve meses de juicio promovido por el corporativo turístico, un juez federal resolvió negar las medidas cautelares contra la técnica de investigación aplicada por FGE para esclarecer la muerte del joven “Leo” en la atracción ‘Riolajante’ de Xenses, el pasado 27 de marzo.

A través de un juicio de amparo la empresa turística reclamó “actos fuera de juicio” en las indagatorias que pretenden encontrar al o los presuntos responsables de la omisión que derivó en la trágica muerte del vacacionista de 13 años de edad, luego de ser succionado por una alcantarilla mal colocada en el sistema de filtración del río artificial.

Al dictarse la sentencia del amparo 28091189, el titular del Juzgado Segundo de Distrito con sede en la entidad resolvió sobreseer el reclamo de la moral Experiencias Xcaret Parques, S.A.P.I. de C.V. contra el Agente de la Policía Ministerial de Investigación adscrito a la Dirección Ministerial de Investigación Zona Norte.

El fallo judicial se dio en una audiencia constitucional que fue planteada originalmente para resolverse el 29 de junio del año pasado, pospuesta en seis ocasiones (28 julio, 30 agosto, 1 octubre, 4 noviembre y 2 diciembre de 2021, y 6 de enero de 2022), hasta que finalmente se dictaminó en contra del parque el 10 de febrero pasado.

Para el análisis del juzgador se solicitaron los informes de las autoridades ministeriales y de la empresa señalada como responsable en la indagatoria criminal, así como de la carpeta auxiliar 51/2021 del Juzgado de Control y Tribunales de Juicio Oral Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Solidaridad.

La información analizada por el juzgador se mantuvo todo el tiempo en sigilo y catalogada en reserva para que las partes no pudieran transmitirla, copiarla, fotografiarla, escanearla o reproducirla por cualquier medio.

La estrategia de la empresa moral representada legalmente por Ricardo Emiliano Paredes Zúñiga, se basó en una reiterada solicitud al Juez Penal de Control del Distrito Judicial de Solidaridad para que exhibiera una supuesta constancia relativa al no ejercicio de la acción que resultó inexistente.

En el juicio de garantías se emplazó como terceros interesados al Fiscal del Ministerio Público del Fuero Común que integró la carpeta auxiliar de origen, Cristopher Cid Hurtado, y al médico Miguel Ángel Luna Calvo (padre de la víctima), a quienes se solicitó su testimonio y pruebas.

Igualmente, en plena etapa de análisis del caso, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal asignó a la jueza Angélica del Carmen Ortuño Suárez, como titular del Juzgado Segundo de Distrito, quien fue la que decretó el fallo adverso al Grupo Xcaret.

La investigación FGE/QROO/SOL/1675/2021 busca esclarecer la muerte de Leonardo Luna Guerrero, quien junto con su familia vacacionaba en la Riviera Maya para celebrar que habían vencido al Covid-19.

Otro juicio de garantías por la misma investigación que le resultó adverso al corporativo turístico, fue el amparo 28266835 (740/2021) radicado en el mismo Juzgado Segundo de Distrito. Xenses

Las medidas cautelares solicitadas buscaron revertir la negativa ministerial a la moral de darle acceso a la carpeta de investigación, pero después del análisis de fondo se determinó la inexistencia de actos de molestia en su perjuicio, el pasado cuatro de octubre. La estrategia jurídica del Grupo Xcaret únicamente ha entorpecido las investigaciones para saber quién o quiénes son los responsables de la tragedia del jovencito en el parque acuático de la Riviera Maya.

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