Vinculan a proceso a Murillo Karam

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Vinculan a proceso a Murillo Karam
  • Un juez vinculó ayer a proceso a Jesús Murillo Karam por los delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de la justicia.
ABEL BARAJAS / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Aunque reconoció que no hay pruebas directas que lo incriminen, un juez vinculó ayer a proceso a Jesús Murillo Karam por los delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de la justicia por el caso Iguala.

Marco Antonio Fuerte, Juez Federal del Centro de Justicia Penal del Reclusorio Norte, determinó que la Fiscalía General de la República (FGR) ofreció datos de prueba razonables y suficientes para suponer que el ex Procurador está relacionado con los ilícitos que se le imputan.

Adicionalmente, tras un nuevo debate,  el juez ratificó la prisión preventiva justificada, por lo que Murillo Karam continuará internado en el Reclusorio Norte por un plazo que no puede ser mayor a los dos años, a menos que su defensa amplíe el proceso.

Fuerte Tapia también fijó un plazo de 3 meses para la investigación complementaria, término que la FGR empleará para realizar al menos 7 diligencias, entre ellas interrogar a testigos que estuvieron en el basurero de Cocula en octubre de 2014, solicitar los videos que grabaron unos drones en ese sitio y pedir unos documentos del archivo de la Secretaría de Marina.

“Aún y cuando no hay una prueba directa que pide la defensa, hay múltiples aspectos que pudieran reprocharse. Hasta este momento, resulta inverosímil que no tuviera conocimiento de lo que realizaba su directo subordinado (Tomás Zerón, ex jefe de la Agencia de Investigación Criminal)”, argumentó Fuerte al procesar a Murillo Karam, al final de una audiencia de 12 horas.

La medida cautelar volvió a ser debatida por pedido de la FGR y porque el juez estimó que habían cambiado las condiciones legales en las que el pasado sábado le dictó la prisión preventiva justificada al ex funcionario.

Uno de los aspectos que consideró es que haba cambiado es que la FGR imputó el delito conforme a la norma vigente desde 2017 y la vinculación a proceso se dictó conforme al Código Penal Federal que estaba vigente cuando desaparecieron los normalistas, el 26 de septiembre de 2014.

La otra cuestión que consideró el juez fue que Murillo presentó a un especialista en medidas cautelares en la audiencia, para que expusiera los factores de estabilidad que justificaban su arraigo y justificara la solicitud de libertad provisional.

Cuauhtémoc Vázquez González de la Vega, quien fuera el primer titular de la Unidas de Medidas Cautelares, informó de un domicilio adicional a los 5 que ya había dado a conocer la FGR -un departamento en la Calle de Edgar Alan Poe, en Polanco-, lo que el juez estimó que era un dato novedoso.

Vázquez expuso que los factores que operaban a favor de Murillo eran su edad de 74 años, tener una relación de 26 años con su pareja, vivir en el mismo domicilio en lo último 19 años, no haber salido del país en los últimos 3 años, tener que defender un prestigio de 40 años en el servicio público y ser el brazo fuerte de una familia de 7 hermanos, 4 hijos, 10 nietos y 4 bisnietos.

Sin embargo, el juez desestimó los argumentos del especialista y ratificó la prisión preventiva justificada.

La defensa del  hidalguense argumentó que en la carpeta de investigación no existe un solo testimonio directo contra el ex Procurador y que los testigos colaboradores de la FGR refieren hechos ajenos al imputado.

Debido a que la Fiscalía insistió en que Murillo Karam tiene responsabilidad en los hechos por ser superior jerárquico de quienes materialmente cometieron los ilícitos, el abogado Javier López respondió que ese criterio también sirve para deslindarlo porque, por ejemplo, en el caso de las torturas, la FGR ha señalado como victimarios a militares y marinos.

“La Fiscalía dice que la tortura se da por elementos de la Marina y del Ejército cuando el justiciable no era el superior jerárquico de la Marina y del Ejército, los cuales no pertenecían a la Fiscalía General de la República. A pesar de lo difícil que pueda ser para el Ministerio Público, el Fiscal General no puede estar presente en todas las diligencias y en un asunto de alto perfil como éste también puede ir a una diligencia”, dijo López.

“No hay un dato de prueba de que tuviera conocimiento de las torturas, eso no existe y no tiene lógica, no se puede vincular a una persona con una teoría conspirativa”.

Daniela Aguirre, representante de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y quien representa también a cuatro presuntos miembros de Guerreros Unidos torturados, intervino para señalar que sí existe un testimonio con imputación directa contra Murillo Karam. Se trata de Carlos Gómez Arrieta, ex jefe de la Policía Federal Ministerial, quien recientemente obtuvo su libertad provisional.

Sin embargo, ante la objeción de la defensa, el juez Marco Antonio Fuerte Tapia no permitió que se diera a conocer ese testimonio porque no fue parte de los datos de prueba que presentó la FGR contra Murillo Karam en la audiencia inicial del pasado sábado.

Amaga juez a abogado

Uno de los momentos tensos en la audiencia fue cuando el Juez Marco Antonio Fuerte Tapia se mostró irritado porque el abogado Antonio López leyó una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que refiere que un juzgador incurre en “notoria ineptitud” cuando no aplica la norma adecuada en un delito.

El litigante había cuestionado los términos en que libró la orden de aprehensión, señalando que no estaba debidamente establecido el tipo penal del delito de desaparición forzada.

“Usted debe moderar su actitud porque ha estado faltando al respeto al aducir argumentos contrarios a mis resoluciones, invocando esa tesis de manera tergiversada, levantando la voz; lo apercibo de que si sigue con esa actitud lo voy a expulsar de la sala”, le advirtió el juez.

“Debe moderar su intervención, este no es un debate ni una charla, yo soy el moderador y está usted ante un juez”.

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